5° Anteproyecto de VIII Modificación a la Miscelánea Fiscal 2023

Con fecha 7 de noviembre de 2023 el Servicio de Administración Tributaria (SAT) da a conocer el Quinto Anteproyecto de la Octava Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023.


Cambios
En esta versión del anteproyecto se presentan los cambios que a continuación se comentan.


13.2. – Facilidad para la inscripción en el RFC, generación o renovación de e.firma de personas físicas afectadas por el Huracán Otis en el estado de Guerrero
Los residentes de los municipios de Acapulco de Juárez y Coyuca de Benítez en Guerrero, México, pueden inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y gestionar su certificado de firma electrónica (e.firma) sin necesidad de cita previa en la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente (ADSC) Guerrero ‘1’ en Acapulco. Para ello, deben presentar un escrito firmado donde declaren su nombre completo, fecha y lugar de nacimiento, y domicilio dentro de los municipios mencionados. Esto se hace para verificar mediante la Clave Única de Registro de Población (CURP) que no estén registrados en el RFC ni posean una e.firma.


Además, si no cuentan con la documentación requerida debido a desastres naturales ocurridos el 24 y 25 de octubre de 2023, pueden solicitar estos trámites expresando esta situación en su escrito. Esta medida estará en vigor hasta el 30 de noviembre de 2023.


13.3. – Facilidad para la obtención de Cédula de Identificación Fiscal y Constancia de Situación Fiscal de personas físicas afectadas por el Huracán Otis en el estado de Guerrero
Los habitantes de Acapulco de Juárez y Coyuca de Benítez, Guerrero, pueden obtener su Cédula de Identificación Fiscal y Constancia de Situación Fiscal en la ADSC Guerrero ‘1’ en Acapulco hasta el 30 de noviembre de 2023. Deben proporcionar su nombre completo, fecha y lugar de nacimiento, y su CURP, que puede ser consultada en la oficina del SAT. Antes de recibir estos documentos, la autoridad verificará su identidad mediante preguntas o métodos de identificación específicos. Esta medida estará en vigor hasta el 30 de noviembre de 2023.


13.4. – Solicitud de datos en el RFC para timbrado de CFDI con complemento de nómina de personas físicas afectadas por el Huracán Otis en el estado de Guerrero
La Regla 2.7.1.48. establece la facilidad para los patrones obligados a emitir CFDI por los pagos por nómina, de poder solicitar a la autoridad fiscal a través del Portal del SAT, la información relacionada con la inscripción en el RFC de las personas a quienes les realizan los referidos pagos, siempre que durante los últimos doce meses, el solicitante les haya efectuado pagos por esos mismos conceptos en términos de la citada Ley. Esta nueva regla prevé que quienes tengan su domicilio fiscal, agencia, sucursal o establecimiento en los municipios de Acapulco de Juárez y Coyuca de Benítez, Guerrero, están exentos de cumplir con el requisito de haber realizado pagos en los últimos doce meses. Esta exención estará en vigor hasta el 30 de noviembre de 2023.


Vigencia
Esta modificación aplica a partir del 7 de noviembre de 2023.


Anteproyecto
Los anteproyectos pueden ser consultados en el siguiente enlace: Versiones Anticipadas de la RMF (sat.gob.mx)