Primer pago provisional de un exRESICO persona moral, en el Régimen General

El año 2023 es el primer año que se puede suscitar el caso en que una persona moral que tributó en 2022 en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) sale del régimen para tributar en el Régimen General de Ley (RGL).


En estos casos, febrero de 2023 será el primer mes en que se presente la necesidad de realizar el primer pago provisional del ejercicio aplicando las reglas de transición entre un régimen y otro.


Para estos efectos, el Artículo 211 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) establece los lineamientos para esta transición.


De acuerdo con este artículo, los contribuyentes que no cumplan los requisitos para continuar tributando en el RESICO, deberán cumplir con las obligaciones previstas en el RGL a partir del ejercicio inmediato siguiente a aquél en que esto suceda.


Pagos provisionales
Respecto de los pagos provisionales correspondientes al primer ejercicio inmediato siguiente a aquél en que se dejó de tributar en el RESICO, se deberá considerar como coeficiente de utilidad el que corresponda a la actividad preponderante de los contribuyentes conforme al artículo 58 del Código Fiscal de la Federación (CFF).


Aviso
Los contribuyentes abandonen el RESICO debieron presentar a más tardar el día 31 de enero de 2023 un aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones informando sobre su cambio.


En caso de omitir el aviso, la autoridad fiscal podrá realizar la actualización de actividades económicas y obligaciones sin necesidad de que el contribuyente presente dicho aviso.


Acumulación de ingresos
Los contribuyentes que migren al RGL no deberán acumular los ingresos que hubieran percibido mientras tributaron en el RESICO, siempre que los mismos hubieran sido acumulados de en este último régimen. Para el caso de las deducciones realizadas en el RESICO, no podrán volver a efectuarlas estando en el RGL, precisamente porque ya tuvieron su efecto.


Comentarios finales
Es importante que las personas morales que acaban de salir del RESICO y tributen en el RGL se aseguren de cumplir con las formalidades para no encontrar inconvenientes en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.