¿Debo emitir carta de porte si contrato a un transportista?
Como parte de la Cuarta Reunión Bimestral 2021 con las Coordinaciones Nacionales de Síndicos del Contribuyente, se emitió el planteamiento a la autoridad en donde se cuestiona si un propietario de mercancías contrata un transportista, ¿deberá emitir el CFDI de traslado con el Complemento de Carta Porte (CCP)?
Solo un CCP: el del transportista
El Planteamiento 45, particularmente la pregunta 3, hace explícitamente la pregunta de si “un propietario de mercancías contrata a un transportista para prestar los servicios de traslado de mercancías” ¿le aplica emitir un CFDI de traslado con CCP y al transportista un CFDI de ingresos con CCP?
En respuesta la autoridad señala que no es necesario que el propietario emita un CFDI de traslado cuando este no realiza el traslado de los bienes o mercancías. En ese sentido, quien realice el transporte (transportista) de los bienes o mercancías debe emitir un CFDI de tipo ingreso con complemento “Carta Porte” al contribuyente que lo contrató.