Jubilación en pago único: Cálculo del impuesto
En México, los trabajadores que acceden a su jubilación pueden optar por diferentes modalidades de retiro de sus fondos acumulados. Una de ellas es el pago único, donde el trabajador recibe en una sola exhibición el monto total acumulado en sus cuentas de retiro. Esta modalidad tiene implicaciones fiscales específicas, y su correcta aplicación requiere distinguir entre la porción exenta y la porción gravada conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) y su Reglamento.
Marco normativo
El Artículo 93, fracción XIII de la LISR dispone que estarán exentos del pago de ISR los ingresos por retiro, jubilación, cesantía en edad avanzada, vejez o pensión, hasta por el equivalente de 90 veces la UMA diaria por cada año de servicio:
[…] hasta por el equivalente a noventa veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente por cada año de servicio […] Toda fracción de más de seis meses se considerará un año completo.
Dado que actualmente se sustituye la referencia al salario mínimo por la Unidad de Medida y Actualización (UMA), el cálculo se actualiza para 2024 con base en la UMA vigente.
Cálculo de la exención por años de servicio (2024)
Para el cálculo de la exención por años de servicios, se considera lo siguiente:
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- UMA diaria 2024: $113.14
- 90 UMA diarias: $10,182.60
- Por cada año de servicio: $10,182.60
- Por ejemplo, para un trabajador con 25 años de servicio: $10,182.60 × 25 = $254,565.00 de ingreso exento.
Este cálculo aplica a pagos periódicos, o bien, si el retiro no es en una sola exhibición.
Pago único: Aplicación del Artículo 171 del Reglamento de la LISR
El Artículo 171 del Reglamento de la LISR establece un tratamiento especial cuando se trata de jubilaciones, pensiones o haberes de retiro en pago único:
Cuando el trabajador convenga con el empleador en que el pago de la jubilación, pensión o haber de retiro, se cubra mediante pago único, no se pagará el Impuesto por éste, cuando el monto de dicho pago no exceda de noventa veces la UMA anual.
Límite exento en pago único para 2024:
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- UMA anual 2024: $39,606.36
- 90 UMA anuales: $39,606.36 × 90 = $3,564,572.40
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En este caso, el monto total recibido está exento si no rebasa los $3,564,572.40.
Cualquier cantidad que exceda este monto se considera ingreso gravado y debe acumularse para efectos de ISR en la declaración anual.
Comparativa entre exención por años de servicio vs. pago único
Modalidad | Límite exento | Base de cálculo | Comentario |
Pago por años de servicio | $10,182.60 por año (2024) | UMA diaria × 90 × años de servicio | Exención variable según años laborados |
Pago único | $3,707,856.00 (2024) | UMA anual × 90 | Exención fija, no depende de años |
Consideraciones prácticas para la declaración anual
Para la declaración anual, es conveniente considerar lo siguiente:
- a) Identificar el tipo de ingreso
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- Debe clasificarse como jubilación, pensión o retiro en pago único.
- Utilizar el campo específico en el aplicativo del SAT.
- b) Verificar el monto exento
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- Para pago único: hasta $3,707,856.00 exento.
- Declarar el excedente como ingreso acumulable.
- c) Aplicar retenciones
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- Si la empresa pagadora retuvo el ISR por el excedente, debe reflejarse en el visor de nómina del SAT.
- d) Deducciones personales
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- El contribuyente puede aplicar deducciones personales para disminuir el ISR causado por el excedente, en su caso.
Recomendaciones
De lo anterior, es posible desprender las siguientes recomendaciones:
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- Verifica tu constancia de percepciones: Es indispensable que el recibo de nómina o constancia del patrón desglosen claramente el ingreso exento y el ingreso gravado.
- Considera asesoría especializada: Especialmente en casos donde el monto supere la exención, o si se combina con otros ingresos en el ejercicio.
- Utiliza el aplicativo de declaración anual del SAT correctamente: Evita duplicar ingresos y revisa el prellenado.
- Evalúa antes de elegir pago único: En algunos casos, puede ser fiscalmente más conveniente recibir pagos periódicos.