PRODECON elimina citas obligatorias y moderniza atención a contribuyente
Con fecha 23 de mayo de 2025, se publica en el Diario Oficial de la Federación el Aviso mediante el cual se da a conocer la liga electrónica que redirige al Acuerdo General número 004/2025, que modifica los artículos 8, párrafo segundo, 9, 12 y 27, fracción VII, de los Lineamientos que regulan el ejercicio de las atribuciones sustantivas de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente.
A continuación, se analiza su contexto y contenido.
Contexto
La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) publica el Acuerdo General Número 004/2025, modificando diversos artículos de los Lineamientos que regulan el ejercicio de sus atribuciones sustantivas, con la finalidad de garantizar un servicio más accesible, inmediato y cercano a la ciudadanía.
Objetivo del acuerdo
Este acuerdo tiene como propósito central actualizar y flexibilizar ciertos procedimientos internos en la atención a los contribuyentes. Para lograrlo, modifica cuatro artículos clave de los Lineamientos vigentes: El Artículo 8, el Artículo 9, el Artículo 12 y el Artículo 27, fracción VII. La esencia del cambio radica en facilitar el acceso a los servicios sin que esto implique sacrificar la seguridad jurídica o el orden institucional. En concreto, se pretende eliminar la obligatoriedad de generar citas para recibir asesoría personalizada, definir con mayor precisión los casos urgentes, y consolidar tanto la recepción física como electrónica de documentos y solicitudes.
Contexto operativo
Desde el año 2024, la PRODECON ha implementado una serie de herramientas tecnológicas como el Sistema Electrónico de Recepción de Solicitudes de Servicios (SERSE) y ha ampliado su horario de atención para facilitar la interacción con el público. Estos cambios han sido informados al público mediante sucesivos acuerdos y avisos en el Diario Oficial de la Federación, siendo el más reciente el Acuerdo 002/2025, en el cual ya se vislumbraba la intención de seguir flexibilizando el modelo de atención.
Reformas introducidas
A continuación, se explica cada una de las reformas.
Artículo 8. Acuerdos conclusivos
Este artículo 8 establece ahora que las solicitudes de Acuerdo Conclusivo deberán presentarse de forma escrita con firma autógrafa o a través del sistema SERSE, reforzando así la importancia de los canales digitales y el otorgamiento de la plena validez jurídica, sin excluir la vía presencial. A su vez, se deja abierta la posibilidad de que el titular de la Procuraduría emita reglas adicionales según lo requiera el contexto operativo.
Artículo 9. Recepción de documentos
En el caso del Artículo 9, se establece con claridad que la PRODECON podrá recibir documentos tanto físicamente —en sus oficinas centrales y delegacionales— como de manera digital, ya sea a través de direcciones electrónicas oficiales o de sistemas como el SERSE. Esto es relevante en un contexto donde muchas personas, por razones de ubicación geográfica o disponibilidad de tiempo, requieren acceder a servicios públicos de manera remota. La norma así reformada amplía las vías de comunicación válidas entre contribuyentes y autoridad.
Artículo 12. Casos de urgencia
Por su parte, el Artículo 12 redefine los llamados “casos de urgencia” que ameritan una atención inmediata por parte de las unidades administrativas de la Procuraduría. Se consideran urgentes aquellos en los que esté por consumarse un acto que haga imposible la reparación del daño, o bien aquellos en los que esté por vencer el plazo para presentar un medio de defensa legal. Además, se abre la puerta para que las propias unidades administrativas valoren, en función de las circunstancias, si un caso amerita ser tratado con urgencia. Este enfoque reconoce que no todos los supuestos pueden anticiparse por norma, y confía en el criterio técnico de los funcionarios.
Artículo 27. Citas para asesoría
Finalmente, la modificación al artículo 27, fracción VII, representa probablemente el cambio más visible para el usuario final. A partir de esta reforma, ya no será obligatorio agendar una cita previa para acceder al servicio de asesoría personalizada. La cita se convierte en un mecanismo opcional, útil para quienes prefieran planificar su visita, pero no excluyente. Esto abre la posibilidad de que los contribuyentes sean atendidos directamente al acudir a las oficinas de PRODECON, favoreciendo el principio de inmediatez.
Entrada en vigor y difusión
El acuerdo establece que entrará en vigor el 26 de mayo de 2025.