La comprobación fiscal de combustibles mediante monederos electrónicos
Funcionamiento, obligaciones y efectos contables.
La adquisición de combustibles para vehículos terrestres, marítimos y aéreos constituye uno de los rubros más sensibles en materia de deducciones fiscales, tanto por su volumen económico como por su potencial de evasión o duplicidad.
Para el caso de los modelos de negocio basados en vales de gasolina o monederos electrónicos para la adquisición de combustibles, que representa un rubro de comprobación fiscal para todas las partes involucradas, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha implementado un modelo basado en monederos electrónicos de combustibles, regulado en las reglas 3.3.1.7 y 3.3.1.10 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF), que busca garantizar la trazabilidad y control de estas operaciones.
Este sistema permite comprobar la erogación mediante Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) con complementos específicos, sustituyendo la facturación directa entre el cliente y la estación de servicio, y estableciendo una estructura tripartita de responsabilidades entre el contribuyente, el emisor del monedero y la estación de servicio.
Fundamento jurídico
El marco legal aplicable deriva principalmente de:
- Artículo 27, fracción III, primer y segundo párrafos de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) —que establece los requisitos para que las deducciones sean procedentes, incluyendo la obligación de contar con CFDI válidos y medios de pago autorizados.
- Reglas 3.3.1.7 y 3.3.1.10 de la RMF 2025, que definen la forma de comprobación de las adquisiciones de combustibles mediante monederos electrónicos, así como las obligaciones de los emisores autorizados.
- Artículo 28 del Código Fiscal de la Federación (CFF) —que obliga a conservar la documentación contable que respalde las operaciones.
- Anexo 20 —que establece los complementos de CFDI, incluyendo los de estado de cuenta de combustibles y identificación de recursos y minuta de gastos por cuenta de terceros.
Estructura operativa del sistema de monederos electrónicos
El modelo de comprobación mediante monederos electrónicos se basa en una relación triangular:
| Actor | Rol jurídico | Rol operativo |
| Contribuyente (adquirente del combustible) | Mandante o beneficiario del gasto | Realiza la deducción y acreditamiento fiscal |
| Emisor autorizado del monedero | Mandatario o intermediario | Administra, paga y emite los CFDI correspondientes |
| Estación de servicio | Proveedor o enajenante | Entrega el combustible y emite CFDI global de ventas |
De esta relación se derivan tres tipos de CFDI interrelacionados, cada uno con función fiscal distinta.
Documentos fiscales involucrados
Los documentos fiscales involucrados en esta mecánica son los siguientes.
- a) CFDI con complemento de estado de cuenta de combustibles
Emitido por el emisor autorizado del monederoa favor del contribuyente, quien adquiere el combustible.
Contiene la información detallada de cada consumo: número de monedero, tipo de combustible, litros, precio, fecha, hora y RFC de la estación.
Este comprobante es el único documento válido para la deducción del gasto y el acreditamiento del IVA por parte del contribuyente, según el segundo párrafo de la Regla 3.3.1.7.
- b) CFDI de egresos con complemento de consumo de combustibles
Emitido por el emisor del monederoa favor de la estación de servicio.Tiene la función de documentar la liquidación de los consumos realizados por los usuarios de los monederos.
Se emite como un documento de tipo “Egreso” (E), pero con la finalidad de soportar el pago efectuado por el intermediario y sirve como base para que la estación emita su CFDI global. Para la estación de servicio, al ser un comprobante tipo “E” emitido por un intermediario (el emisor de los vales), no tiene ningún efecto fiscal, sino un documento de mero control interno.
Conforme al párrafo tercero de la Regla 3.3.1.7, los importes de ambos CFDI deben coincidir.
- c) CFDI global de ingresos de la estación de servicio
Emitido por la estación de serviciocon la misma periodicidad con que reciba los CFDI de egresos.Debe incluir:
- Tipo de combustible,
- Total de litros enajenados,
- Precio unitario,
- Impuestos trasladados,
- Importe total,
- Y en el campo Descripción del elemento concepto, la clave de la estación, el folio del CFDI de egresos y el RFC del emisor del monedero.
Este CFDI constituye el reconocimiento fiscal del ingreso para la estación de servicio y debe coincidir exactamente con los CFDI de egresos recibidos.
Complementos adicionales requeridos
El CFDI con complemento de estado de cuenta de combustibles puede incluir además el complemento de identificación de recursos y minuta de gastos por cuenta de terceros -mismo que, a la fecha, no ha sido dado a conocer por el SAT-.
Este complemento permite acreditar jurídicamente el mandato bajo el cual el emisor actúa y definir la titularidad del gasto, asegurando que los recursos provienen del contribuyente que lo deducirá.
Así, se garantiza la integridad del gasto:
- el estado de cuenta de combustibles acredita el consumo material;
- el complemento de identificación de recursos acredita el origen financiero del pago.
Obligaciones específicas por actor
Para la mejor comprensión de este esquema resulta conveniente esquematizar las obligaciones que cada uno de los actores tienen.
- a) Contribuyente (usuario del monedero)
- Debe contar con el CFDI y el complemento de estado de cuenta emitido por el emisor.
- Solo podrá deducir y acreditar hasta el monto amparado en dicho complemento.
- No debe solicitar facturas a las estaciones de servicio, pues éstas no emiten CFDI directo al cliente en este esquema.
- b) Emisor autorizado del monedero
De acuerdo con la Regla 3.3.1.10, debe:
- Mantener bases de datos inviolables con información de los usuarios y vehículos.
- Emitir CFDI al contribuyente (estado de cuenta y minuta de gastos por cuenta de terceros) y CFDI de egresos a las estaciones.
- Afiliar estaciones con permisos vigentes de la CRE.
- Conservar información y facilitar su acceso al SAT.
- Comunicar cambios tecnológicos y contractuales (fichas 6/ISR, 8/ISR y 119/ISR).
- Cumplir con las especificaciones técnicas del Anexo 28.
El emisor no deduce el combustible, pues actúa solo como intermediario, y acumula como ingreso las comisiones que cobra por el servicio.
- c) Estación de servicio
- Debe emitir su CFDI global coincidente con los CFDI de egresos recibidos.
- No emite CFDI individual a los clientes que utilizan monederos.
- Conserva como parte de su contabilidad los CFDI de egresos que le emite el emisor del monedero(Art. 28 CFF).
- Registra el ingreso en el momento de la venta, no al recibir el CFDI de egresos.
Tratamiento contable de la operación
También ayuda comprender cómo se afectan los registros contables.
Para la estación de servicio:
- Venta de combustible (devengación):
- Cargo a Clientes – Emisor del monedero
- Abono a Ventas e IVA trasladado
- Liquidación del pago (al recibir CFDI de egresos):
- Cargo a Bancos
- Abono a Clientes
- Emisión del CFDI global:
- Reconocimiento formal del ingreso y del IVA trasladado.
Para el emisor del monedero:
- Registro de cuentas por pagar a la estación al momento del consumo.
- Pago de los consumos (emisión del CFDI de egresos).
- Cobro al contribuyente, emitiendo el CFDI con complemento de estado de cuenta y minuta de gastos por cuenta de terceros.
- Reconocimiento de comisiones propias como ingreso propio gravado.
Flujo de la operación y los documentos
Con base en el análisis anterior es posible esquematizar la operación y el flujo de documentos en la siguiente tabla:
| Etapa | Actor | Documento | Finalidad |
| 1 | Contribuyente adquiere combustible con monedero electrónico | Registro transaccional en sistema del emisor | Control del consumo |
| 2 | Emisor del monedero genera CFDI + complemento de estado de cuenta (fracc. III) | CFDI al contribuyente | Permite deducir el gasto y acreditar IVA |
| 3 | Emisor del monedero genera CFDI de egresos + complemento de consumo (fracc. IV) | CFDI a la estación de servicio | Registra el pago a la gasolinera |
| 4 | Estación de servicio emite CFDI global (Regla 3.3.1.7) | CFDI con totales por tipo de combustible | Cumple su obligación de facturación y empata los montos |
| 5 | SAT puede consultar bases de datos (fracc. V) | Supervisión digital o física | Verificación de trazabilidad y cumplimiento |
Implicaciones fiscales y de control
El modelo de monederos electrónicos logra tres efectos fiscales relevantes:
- Evita la doble deducción: el gasto solo se acredita con el CFDI del emisor autorizado, no con facturas de gasolineras.
- Fortalece la trazabilidad: el SAT puede vincular electrónicamente cada litro vendido con el RFC del contribuyente, el vehículo y la estación.
- Establece responsabilidad compartida:
- El contribuyente deduce solo lo comprobado.
- El emisor garantiza integridad tecnológica y contable.
- La estación acumula el ingreso y mantiene la evidencia de pago.
Consideraciones críticas
Si bien el sistema mejora la fiscalización y control, también presenta retos prácticos:
- Retraso en la deducción: el contribuyente no puede deducir hasta contar con el CFDI y el complemento completo.
- Altos requisitos tecnológicos: los emisores deben mantener infraestructura validada por el SAT (Anexo 28).
- Dependencia de conciliación cruzada: cualquier discrepancia entre los importes del CFDI de egresos y el CFDI global puede generar alertas automáticas ante el SAT.
- octubre 27, 2025
La comprobación fiscal de combustibles mediante monederos electrónicos
La adquisición de combustibles para vehículos terrestres, marítimos y aéreos constituye uno de los rubros más sensibles en materia de deducciones fiscales, tanto por su volumen económico como por su potencial de evasión o duplicidad.
Para el caso de los modelos de negocio basados en vales de gasolina o monederos electrónicos para la adquisición de combustibles, que representa un rubro de comprobación fiscal para todas las partes involucradas, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha implementado un modelo basado en monederos electrónicos de combustibles, regulado en las reglas 3.3.1.7 y 3.3.1.10 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF), que busca garantizar la trazabilidad y control de estas operaciones.
Este sistema permite comprobar la erogación mediante Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) con complementos específicos, sustituyendo la facturación directa entre el cliente y la estación de servicio, y estableciendo una estructura tripartita de responsabilidades entre el contribuyente, el emisor del monedero y la estación de servicio.
Fundamento jurídico
El marco legal aplicable deriva principalmente de:
- Artículo 27, fracción III, primer y segundo párrafos de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) —que establece los requisitos para que las deducciones sean procedentes, incluyendo la obligación de contar con CFDI válidos y medios de pago autorizados.
- Reglas 3.3.1.7 y 3.3.1.10 de la RMF 2025, que definen la forma de comprobación de las adquisiciones de combustibles mediante monederos electrónicos, así como las obligaciones de los emisores autorizados.
- Artículo 28 del Código Fiscal de la Federación (CFF) —que obliga a conservar la documentación contable que respalde las operaciones.
- Anexo 20 —que establece los complementos de CFDI, incluyendo los de estado de cuenta de combustibles y identificación de recursos y minuta de gastos por cuenta de terceros.
Estructura operativa del sistema de monederos electrónicos
El modelo de comprobación mediante monederos electrónicos se basa en una relación triangular:
| Actor | Rol jurídico | Rol operativo |
| Contribuyente (adquirente del combustible) | Mandante o beneficiario del gasto | Realiza la deducción y acreditamiento fiscal |
| Emisor autorizado del monedero | Mandatario o intermediario | Administra, paga y emite los CFDI correspondientes |
| Estación de servicio | Proveedor o enajenante | Entrega el combustible y emite CFDI global de ventas |
De esta relación se derivan tres tipos de CFDI interrelacionados, cada uno con función fiscal distinta.
Documentos fiscales involucrados
Los documentos fiscales involucrados en esta mecánica son los siguientes.
- a) CFDI con complemento de estado de cuenta de combustibles
Emitido por el emisor autorizado del monederoa favor del contribuyente, quien adquiere el combustible.
Contiene la información detallada de cada consumo: número de monedero, tipo de combustible, litros, precio, fecha, hora y RFC de la estación.
Este comprobante es el único documento válido para la deducción del gasto y el acreditamiento del IVA por parte del contribuyente, según el segundo párrafo de la Regla 3.3.1.7.
- b) CFDI de egresos con complemento de consumo de combustibles
Emitido por el emisor del monederoa favor de la estación de servicio.Tiene la función de documentar la liquidación de los consumos realizados por los usuarios de los monederos.
Se emite como un documento de tipo “Egreso” (E), pero con la finalidad de soportar el pago efectuado por el intermediario y sirve como base para que la estación emita su CFDI global. Para la estación de servicio, al ser un comprobante tipo “E” emitido por un intermediario (el emisor de los vales), no tiene ningún efecto fiscal, sino un documento de mero control interno.
Conforme al párrafo tercero de la Regla 3.3.1.7, los importes de ambos CFDI deben coincidir.
- c) CFDI global de ingresos de la estación de servicio
Emitido por la estación de serviciocon la misma periodicidad con que reciba los CFDI de egresos.Debe incluir:
- Tipo de combustible,
- Total de litros enajenados,
- Precio unitario,
- Impuestos trasladados,
- Importe total,
- Y en el campo Descripción del elemento concepto, la clave de la estación, el folio del CFDI de egresos y el RFC del emisor del monedero.
Este CFDI constituye el reconocimiento fiscal del ingreso para la estación de servicio y debe coincidir exactamente con los CFDI de egresos recibidos.
Complementos adicionales requeridos
El CFDI con complemento de estado de cuenta de combustibles puede incluir además el complemento de identificación de recursos y minuta de gastos por cuenta de terceros -mismo que, a la fecha, no ha sido dado a conocer por el SAT-.
Este complemento permite acreditar jurídicamente el mandato bajo el cual el emisor actúa y definir la titularidad del gasto, asegurando que los recursos provienen del contribuyente que lo deducirá.
Así, se garantiza la integridad del gasto:
- el estado de cuenta de combustibles acredita el consumo material;
- el complemento de identificación de recursos acredita el origen financiero del pago.
Obligaciones específicas por actor
Para la mejor comprensión de este esquema resulta conveniente esquematizar las obligaciones que cada uno de los actores tienen.
- a) Contribuyente (usuario del monedero)
- Debe contar con el CFDI y el complemento de estado de cuenta emitido por el emisor.
- Solo podrá deducir y acreditar hasta el monto amparado en dicho complemento.
- No debe solicitar facturas a las estaciones de servicio, pues éstas no emiten CFDI directo al cliente en este esquema.
- b) Emisor autorizado del monedero
De acuerdo con la Regla 3.3.1.10, debe:
- Mantener bases de datos inviolables con información de los usuarios y vehículos.
- Emitir CFDI al contribuyente (estado de cuenta y minuta de gastos por cuenta de terceros) y CFDI de egresos a las estaciones.
- Afiliar estaciones con permisos vigentes de la CRE.
- Conservar información y facilitar su acceso al SAT.
- Comunicar cambios tecnológicos y contractuales (fichas 6/ISR, 8/ISR y 119/ISR).
- Cumplir con las especificaciones técnicas del Anexo 28.
El emisor no deduce el combustible, pues actúa solo como intermediario, y acumula como ingreso las comisiones que cobra por el servicio.
- c) Estación de servicio
- Debe emitir su CFDI global coincidente con los CFDI de egresos recibidos.
- No emite CFDI individual a los clientes que utilizan monederos.
- Conserva como parte de su contabilidad los CFDI de egresos que le emite el emisor del monedero(Art. 28 CFF).
- Registra el ingreso en el momento de la venta, no al recibir el CFDI de egresos.
Tratamiento contable de la operación
También ayuda comprender cómo se afectan los registros contables.
Para la estación de servicio:
- Venta de combustible (devengación):
- Cargo a Clientes – Emisor del monedero
- Abono a Ventas e IVA trasladado
- Liquidación del pago (al recibir CFDI de egresos):
- Cargo a Bancos
- Abono a Clientes
- Emisión del CFDI global:
- Reconocimiento formal del ingreso y del IVA trasladado.
Para el emisor del monedero:
- Registro de cuentas por pagar a la estación al momento del consumo.
- Pago de los consumos (emisión del CFDI de egresos).
- Cobro al contribuyente, emitiendo el CFDI con complemento de estado de cuenta y minuta de gastos por cuenta de terceros.
- Reconocimiento de comisiones propias como ingreso propio gravado.
Flujo de la operación y los documentos
Con base en el análisis anterior es posible esquematizar la operación y el flujo de documentos en la siguiente tabla:
| Etapa | Actor | Documento | Finalidad |
| 1 | Contribuyente adquiere combustible con monedero electrónico | Registro transaccional en sistema del emisor | Control del consumo |
| 2 | Emisor del monedero genera CFDI + complemento de estado de cuenta (fracc. III) | CFDI al contribuyente | Permite deducir el gasto y acreditar IVA |
| 3 | Emisor del monedero genera CFDI de egresos + complemento de consumo (fracc. IV) | CFDI a la estación de servicio | Registra el pago a la gasolinera |
| 4 | Estación de servicio emite CFDI global (Regla 3.3.1.7) | CFDI con totales por tipo de combustible | Cumple su obligación de facturación y empata los montos |
| 5 | SAT puede consultar bases de datos (fracc. V) | Supervisión digital o física | Verificación de trazabilidad y cumplimiento |
Implicaciones fiscales y de control
El modelo de monederos electrónicos logra tres efectos fiscales relevantes:
- Evita la doble deducción: el gasto solo se acredita con el CFDI del emisor autorizado, no con facturas de gasolineras.
- Fortalece la trazabilidad: el SAT puede vincular electrónicamente cada litro vendido con el RFC del contribuyente, el vehículo y la estación.
- Establece responsabilidad compartida:
- El contribuyente deduce solo lo comprobado.
- El emisor garantiza integridad tecnológica y contable.
- La estación acumula el ingreso y mantiene la evidencia de pago.
Consideraciones críticas
Si bien el sistema mejora la fiscalización y control, también presenta retos prácticos:
- Retraso en la deducción: el contribuyente no puede deducir hasta contar con el CFDI y el complemento completo.
- Altos requisitos tecnológicos: los emisores deben mantener infraestructura validada por el SAT (Anexo 28).
- Dependencia de conciliación cruzada: cualquier discrepancia entre los importes del CFDI de egresos y el CFDI global puede generar alertas automáticas ante el SAT.






