Ajuste al SE 2024: Implica descontar al trabajador SE entregado en efectivo

Mayo de 2024 es el primer mes en el que se realizará el ajuste al nuevo Subsidio la Empleo (SE) 2024, mes en el que se da una situación atípica, para la cual conviene que tanto patrones como trabajadores estén preparados.


El 1 de mayo de 2024 entró en vigor un nuevo Subsidio al Empleo (SE 2024) el cual ofrece la alternativa para los patrones de reemplazar la tabla variable de subsidios establecida en 2013 (aplicable desde 2014), por una cuota fija mensual, que sería el 11.82% del valor mensual de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), $390.12 pesos para 2024, aplicable uniformemente a trabajadores cuyos ingresos no excedan los $9,081.00 mensuales.


Dificultades
Una de las dificultades ha sido adecuar los sistemas de nóminas para reflejar este nuevo subsidio, sobre todo, porque la autoridad no ha aclarado las diversas dudas que existen en torno a su aplicación, específicamente sobre la convivencia del SE 2013 y el SE 2024.


Adicional a lo anterior, existe el problema práctico de que los cambios y ajustes a los desarrollos de sistemas de nómina se llevan tiempo entre su análisis, desarrollo, implementación, pruebas y correcciones, por lo que fue prácticamente imposible que desde el día uno los patrones estuvieran ya aplicando el SE 2024. Inclusive a esta fecha la mayoría de los patrones no han implementado los cambios necesarios.


Esto significa que, en la práctica, durante el mes de mayo se han seguido calculando las nóminas con el SE 2013, y si el criterio de la autoridad fuera que este subsidio ya no es aplicable (aspecto que no ha sido definido aún), los patrones tendrán el problema de ajustar en el impuesto mensual el SE 2024 considerando los pagos realizados con SE 2013, problemática que se analiza en este estudio, bajo la premisa de que el patrón aplica SE 2024 dejando de aplicar SE 2013.


Ajuste mensual
Los patrones deben considerar lo siguiente:


    • El impuesto se causa conforme se obtienen los ingresos, lo que significa que, en cada pago, tanto impuesto a retener como subsidio a aplicar deben ser calculados.
    • No obstante, el período de entero de las retenciones es mensual, lo que significa que los patrones realizan un ajuste al impuesto y al subsidio del mes una vez que cierra el período.
    • En la última nómina del mes, los patrones pueden realizar un ajuste al subsidio considerando el nuevo SE 2024, independientemente de que en las primeras nóminas del mes hubieran aplicado el SE 2013, por no haber estado en posibilidades técnicas de realizar los cambios.
    • Deberá evaluarse correctamente la manera en reflejar estos cambios en el recibo electrónico de nómina.


En este sentido, se tiene que en la última nómina de mayo de 2024 se puede realizar el ajuste tanto al Impuesto sobre la Renta (ISR) retenido como al SE 2024 causado en el mes. Esto, inclusive, es una obligación patronal, puesto que el propio decreto del SE 2024 (al igual que la mecánica del SE 2013) requiere al patrón de realizar el ajuste mensual para asegurarse de no aplicar un subsidio mayor al que le corresponde en el mes.


Otro aspecto importante considerar es que, a diferencia del SE 2013 en el que el subsidio que excede al impuesto se entrega en efectivo al trabajador, con el SE 2024 se elimina la entrega del excedente en efectivo, lo cual representa un reto para el ajuste mensual.


Rembolso de SE entregado en efectivo
Ahora bien, al momento de ser el ajuste o mensual, es importante que no solamente se atienda a comparar el subsidio causado en el mes, contra el subsidio que se aplicó en cada nómina del mes, sino que también se debe prever que a aquellos trabajadores a quienes se les aplicó el SE 2013 durante las nóminas semanales y se les entregaron cantidades en efectivo, pero que al final del mes se les aplica SE 2024 y, por ende, no tienen derecho a subsidio entregado en efectivo, el trabajador debe reembolsar al patrón todas esas cantidades.


Por tanto, los trabajadores que se encuentren en esta situación deberán prepararse en la última semana del mes para hacer los reembolsos correspondientes. Asimismo, los patrones deben anticipar este efecto y comunicarlo a sus trabajadores para que puedan estar preparados para recibir este descuento.