Asalariados sin obligaciones fiscales no podrían tomar deducciones personales

Existe la posibilidad de que haya trabajadores asalariados registrados en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) en el régimen ‘616 – Sin obligaciones fiscales’, en lugar de la obligación ‘605 – Sueldos y Salarios e Ingresos Asimilados a Salarios’, tal como se trata en la publicación Asalariados que tienen RFC “Sin obligaciones fiscales”: Causas y soluciones.


En ese sentido, es relevante que estos sujetos identifiquen esta circunstancia cuanto antes, toda vez que, de no corregirse, puede que no puedan obtener facturas por deducciones personales.


Deducciones personales son incompatibles con régimen fiscal “Sin Obligaciones fiscales”
Tal como se indica en la publicación CFDI 4.0: La relación entre el régimen fiscal del receptor y el uso del CFDI, el campo “Uso del CFDI” (donde se define qué uso tiene ese comprobante) depende del régimen fiscal registrado para el emisor.


En ese sentido, a una persona en el régimen “616 – Sin obligaciones fiscales” no podría expedírsele ningún “uso” de CFDI distinto a estos:

    • S01 – Sin efectos fiscales
    • CP01 – Pagos


En contraste, a una persona en este régimen de salarios, únicamente podría emitírsele un comprobante con los siguientes usos:

    • D01 – Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios
    • D02 – Gastos médicos por incapacidad o discapacidad
    • D03 – Gastos funerales
    • D04 – Donativos
    • D05 – Intereses reales efectivamente pagados por créditos hipotecarios (casa habitación)
    • D06 – Aportaciones voluntarias al SAR
    • D07 – Primas por seguros de gastos médicos
    • D08 – Gastos de transportación escolar obligatoria
    • D09 – Depósitos en cuentas para el ahorro, primas que tengan como base planes de pensiones
    • D10 – Pagos por servicios educativos (colegiaturas)
    • S01 – Sin efectos fiscales
    • CP01 – Pagos
    • CN01 – Nómina


De acuerdo con los catálogos del CFDI, el Régimen “Sin obligaciones fiscales” no es compatible con los Usos del CFDI relacionados a las deducciones personales.


Aunque actualmente el sistema no validará que el receptor del CFDI esté inscrito en el régimen declarado en el CFDI, puede darse el caso de una persona física en el Régimen “Sin obligaciones fiscales” que solicita una factura relacionada a una deducción personal y el emisor, derivado de los propios sistemas de facturación o de sus políticas internas, esté limitado a emitir una factura con el Uso del CFDI de “S01 – Sin efectos fiscales”.


Riesgos del Uso del CFDI “Sin efectos fiscales” en facturas que amparan deducciones personales
La clave “S01 – Sin efectos fiscales” connota de que la factura emitida con este uso no tendrá impacto en el cálculo del impuesto del contribuyente. Aunado a lo anterior, es muy probable que el sistema de la declaración anual no la considere como parte de la información precargada.


Si la deducción se agrega manualmente y el único comprobante señala que la clave del Uso del CFDI es “Sin efectos fiscales”, es posible que la autoridad cuestione la deducibilidad del gasto y, por ende, no lo considere como una deducción personal aplicable en la declaración correspondiente.