Cambios al dictamen para 2023

CURRICULUM
Con la publicación de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023 (RMF) existen algunos cambios en materia del dictamen fiscal, aunque, en general, las reglas del 2023 son muy similares a las de 2022.


Autoridades antes las que se presenta dictamen por enajenación de acciones


Tratándose de la presentación de los documentos del dictamen por enajenación de acciones, se modifica la Regla 2.10.1. para indicar que los contribuyentes que sean competencia de la Administración General de Auditoría Fiscal Federal (AGAFF) deberán presentar el dictamen ante la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal (ADAF), más cercana a su domicilio fiscal.


Información relativa al dictamen de estados financieros 2022


Se modifica la Regla 2.10.7. para modificar el nombre de la ficha de trámite 97/CFF de “Informe sobre estados financieros de contribuyentes que hubieren manifestado su opción por dictaminar” a “Informe sobre estados financieros de contribuyentes que hubieren manifestado su opción por dictaminar, así como aquellos que se encuentran obligados a hacerlo”.


Aviso al Colegio Profesional o Federación de Colegios Profesionales


Se modifica la referencia al Código Fiscal de la Federación, indicando que la Regla 2.10.8. es para los efectos del artículo 52, antepenúltimo párrafo; previamente indicaba artículo 52, fracción V, tercer párrafo.


Dictamen de estados financieros y de enajenación de acciones de contribuyentes que hubieran presentado aviso de suspensión de actividades en el RFC


Se añade a la Regla 2.10.13, la referencia a las personas morales que estén obligadas a dictaminar sus estados financieros por contador público inscrito, precisando que estás también deben realizar el dictamen al presentar el aviso de suspensión de actividades.


Contribuyentes que optaron o que están obligados a dictaminar sus estados financieros y llevaron a cabo una operación de fusión, en calidad de sociedades fusionadas


Se añade a la Regla 2.10.26, la referencia a las personas morales que estén obligadas a dictaminar sus estados financieros por contador público inscrito, precisando así que estás también deben realizar el dictamen al presentar el aviso de cancelación en el RFC por fusión de sociedades y que no cuenten con certificado de e.firma.