Cambios en instructivos de llenado de la Carta de Porte 3.1
Con fecha 7 de agosto de 2024, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publica nuevos instructivos de llenado del Complemento Carta Porte (CCP), según los diferentes medios de transporte
A continuación, se comentan los cambios.
- Cambios generales
Se actualiza la dirección de internet en la que se encuentran las preguntas frecuentes para actualizarla a las correspondientes a la versión 3.1
Al referirse a la Resolución Miscelánea Fiscal, se elimina el ejercicio “2024” para referir a la “vigente”.
- Instructivo de llenado para autotransporte terrestre
En este apartado se explican los cambios al instructivo de llenado para autotransporte terrestre.
Apéndice 1. Notas generales
Se eliminan las claves de servicio siguientes, correspondientes al “Transporte de carga intermodal”:
-
- 78101901-Transporte aéreo a marítimo
- 78101902-Transporte marítimo a ferroviario
Se agrega la clave:
-
- 78101904-Transporte aéreo
Apéndice 9. Servicio de distribución de hidrocarburos a nivel local
Se elimina la obligación de que la CFDI de “tipo traslado” para el caso de hidrocarburos o petrolíferos por medios propios (distintos a ducto), incorporar el complemento de hidrocarburos o petrolíferos.
Apéndice 12. Eventualidades o fallas mecánicas
En el proceso para emitir el nuevo CFDI con complemento carta porte con datos actualizados se indicaba que primero se debía relacionar al nuevo CFDI con el CFDI inicial “cancelado”, Dado que esto se debe hacer antes de la cancelación del primer CFDI con errores, era un error referir al comprobante cancelado, por lo que se elimina la palabra “cancelado” y solamente se hace referencia a relacionar el nuevo CFDI con el CFD inicial.
Apéndice 13. Devolución de mercancías
El texto modificado del Apéndice 13 simplifica y redefine el procedimiento para amparar el regreso de mercancías devueltas mediante CFDI con complemento Carta Porte. A diferencia del texto original, que describía un proceso detallado en varios pasos y distinguía entre escenarios según la cantidad de mercancía devuelta y la existencia de costos adicionales, el nuevo texto concentra el procedimiento en dos pasos clave y establece un criterio más directo: emitir un nuevo CFDI de tipo ingreso o traslado, dependiendo del caso, cuando la mercancía devuelta sea mayor o diferente a la originalmente transportada. Con ello, se elimina la posibilidad de reutilizar el CFDI original en ciertos casos y se clarifica que toda devolución con cantidad distinta requiere un nuevo comprobante. Este cambio busca mejorar la precisión normativa y operativa en el manejo fiscal de devoluciones en el transporte de mercancías.
Las principales diferencias entre estas versiones son:
Elemento | Texto Original | Texto Modificado |
Estructura del procedimiento | Paso a paso (10 pasos) detallado del proceso de devolución, incluyendo rutas, entregas, y retorno. | Procedimiento resumido en solo 2 pasos clave enfocados exclusivamente en el retorno de mercancía. |
Condición para emitir nuevo CFDI | Se emite nuevo CFDI solo si la cantidad devuelta es mayor que la inicial y no hay costo adicional. | Se emite nuevo CFDI siempre que la cantidad devuelta sea mayor o diferente, sin considerar el costo. |
Tipo de CFDI a emitir | CFDI de traslado si no hay costo adicional; de ingreso si lo hay. | CFDI de tipo ingreso o traslado, según el caso, sin vincularlo explícitamente a la existencia de costo. |
Uso del CFDI original | Puede reutilizarse el CFDI original si la mercancía es la misma y la cantidad devuelta es menor. | Ya no se menciona la reutilización del CFDI original, incluso si se trata de una menor cantidad. |
Lenguaje y redacción | Más extenso, explicativo y con ejemplos. | Más directo, resumido y normativo. |
Nota final | Incluye una excepción específica que permite acreditar el regreso con el CFDI original bajo ciertas condiciones. | No incluye excepción; se estandariza la emisión de nuevo CFDI en devoluciones mayores o diferentes. |
III. Instructivo de llenado para transporte aéreo
En este apartado se explican los cambios al instructivo de llenado para transporte aéreo.
Apéndice 1. Notas generales
Se eliminan las claves de servicio siguientes, correspondientes al “Transporte de carga aérea”:
-
- 78101703-Servicios de transporte nacional por barcazas
- 78101704-Servicios de transporte internacional por barcazas
- 78101705-Transporte marítimo blindado
- 78101706-Servicio de embarcaciones para suministros a plataformas de gas y petróleo mar adentro.
Se eliminan las claves de servicio siguientes, correspondientes al “Transporte de carga intermodal”:
-
- 78101902-Transporte marítimo a ferroviario
- 78101903-Transporte marino a carretera (por camión)
Se eliminan las claves de servicio siguientes, correspondientes al “Servicios postales de paqueteo y courrier”:
- 78102205-Servicios de entrega local de cartas o paquetes pequeños
Apéndice 6. Servicio de traslado de fondos y valores
Se aclara que las personas que presten servicios de traslado de fondos y valores, pueden registrar a nivel complemento la clave 01010101 con descripción “No existe en el catálogo” en el campo “BienesTransp” y en el campo “Descripcion” se debe registrar la descripción que más se asemeje al producto que se está trasladando considerando las palabras similares, en este caso “Fondos y valores”, la cual se encuentra en el catálogo de productos del complemento Carta Porte “c_ClaveProdServCP”, por ejemplo: Bolsas con monedas, bolsas con billetes con denominación__ etc.
Apéndice 8. Eventualidades o fallas mecánicas
En el proceso para emitir el nuevo CFDI con complemento carta porte con datos actualizados se indicaba que primero se debía relacionar al nuevo CFDI con el CFDI inicial “cancelado”, Dado que esto se debe hacer antes de la cancelación del primer CFDI con errores, era un error referir al comprobante cancelado, por lo que se elimina la palabra “cancelado” y solamente se hace referencia a relacionar el nuevo CFDI con el CFD inicial.
Apéndice 9. Devolución de mercancías
El texto modificado del Apéndice 9 simplifica y redefine el procedimiento para amparar el regreso de mercancías devueltas mediante CFDI con complemento Carta Porte. A diferencia del texto original, que describía un proceso detallado en varios pasos y distinguía entre escenarios según la cantidad de mercancía devuelta y la existencia de costos adicionales, el nuevo texto concentra el procedimiento en dos pasos clave y establece un criterio más directo: emitir un nuevo CFDI de tipo ingreso o traslado, dependiendo del caso, cuando la mercancía devuelta sea mayor o diferente a la originalmente transportada. Con ello, se elimina la posibilidad de reutilizar el CFDI original en ciertos casos y se clarifica que toda devolución con cantidad distinta requiere un nuevo comprobante. Este cambio busca mejorar la precisión normativa y operativa en el manejo fiscal de devoluciones en el transporte de mercancías.
Las principales diferencias entre estas versiones son:
Elemento | Texto Original | Texto Modificado |
Estructura del procedimiento | Paso a paso (10 pasos) detallado del proceso de devolución, incluyendo rutas, entregas, y retorno. | Procedimiento resumido en solo 2 pasos clave enfocados exclusivamente en el retorno de mercancía. |
Condición para emitir nuevo CFDI | Se emite nuevo CFDI solo si la cantidad devuelta es mayor que la inicial y no hay costo adicional. | Se emite nuevo CFDI siempre que la cantidad devuelta sea mayor o diferente, sin considerar el costo. |
Tipo de CFDI a emitir | CFDI de traslado si no hay costo adicional; de ingreso si lo hay. | CFDI de tipo ingreso o traslado, según el caso, sin vincularlo explícitamente a la existencia de costo. |
Uso del CFDI original | Puede reutilizarse el CFDI original si la mercancía es la misma y la cantidad devuelta es menor. | Ya no se menciona la reutilización del CFDI original, incluso si se trata de una menor cantidad. |
Lenguaje y redacción | Más extenso, explicativo y con ejemplos. | Más directo, resumido y normativo. |
Nota final | Incluye una excepción específica que permite acreditar el regreso con el CFDI original bajo ciertas condiciones. | No incluye excepción; se estandariza la emisión de nuevo CFDI en devoluciones mayores o diferentes. |
- Instructivo de llenado para transporte marítimo
En este apartado se explican los cambios al instructivo de llenado para transporte marítimo.
Campo Nacionalidad de la embarcación (NacionalidadEmbarc)
En este campo se elimina la referencia al “International Tonnage Certificate”.
Apéndice 1. Notas generales
Se eliminan las claves de servicio siguientes, correspondientes al “Transporte de intermodal”:
- 78101904-Transporte aéreo a carretera (por camión)
Se eliminan las claves de servicio siguientes, correspondientes al “Servicio de carros blindados y transporte de valores”:
- 92121801-Servicio de carros blindados
Apéndice 7. Servicio de distribución de hidrocarburos a nivel local
Se elimina la obligación de que la CFDI de “tipo traslado” para el caso de hidrocarburos o petrolíferos por medios propios (distintos a ducto), incorporar el complemento de hidrocarburos o petrolíferos.
Apéndice 9. Eventualidades o fallas mecánicas
En el proceso para emitir el nuevo CFDI con complemento carta porte con datos actualizados se indicaba que primero se debía relacionar al nuevo CFDI con el CFDI inicial “cancelado”, Dado que esto se debe hacer antes de la cancelación del primer CFDI con errores, era un error referir al comprobante cancelado, por lo que se elimina la palabra “cancelado” y solamente se hace referencia a relacionar el nuevo CFDI con el CFD inicial.
Apéndice 10. Devolución de mercancías
El texto modificado del Apéndice 9 simplifica y redefine el procedimiento para amparar el regreso de mercancías devueltas mediante CFDI con complemento Carta Porte. A diferencia del texto original, que describía un proceso detallado en varios pasos y distinguía entre escenarios según la cantidad de mercancía devuelta y la existencia de costos adicionales, el nuevo texto concentra el procedimiento en dos pasos clave y establece un criterio más directo: emitir un nuevo CFDI de tipo ingreso o traslado, dependiendo del caso, cuando la mercancía devuelta sea mayor o diferente a la originalmente transportada. Con ello, se elimina la posibilidad de reutilizar el CFDI original en ciertos casos y se clarifica que toda devolución con cantidad distinta requiere un nuevo comprobante. Este cambio busca mejorar la precisión normativa y operativa en el manejo fiscal de devoluciones en el transporte de mercancías.
Las principales diferencias entre estas versiones son:
Elemento | Texto Original | Texto Modificado |
Estructura del procedimiento | Paso a paso (10 pasos) detallado del proceso de devolución, incluyendo rutas, entregas, y retorno. | Procedimiento resumido en solo 2 pasos clave enfocados exclusivamente en el retorno de mercancía. |
Condición para emitir nuevo CFDI | Se emite nuevo CFDI solo si la cantidad devuelta es mayor que la inicial y no hay costo adicional. | Se emite nuevo CFDI siempre que la cantidad devuelta sea mayor o diferente, sin considerar el costo. |
Tipo de CFDI a emitir | CFDI de traslado si no hay costo adicional; de ingreso si lo hay. | CFDI de tipo ingreso o traslado, según el caso, sin vincularlo explícitamente a la existencia de costo. |
Uso del CFDI original | Puede reutilizarse el CFDI original si la mercancía es la misma y la cantidad devuelta es menor. | Ya no se menciona la reutilización del CFDI original, incluso si se trata de una menor cantidad. |
Lenguaje y redacción | Más extenso, explicativo y con ejemplos. | Más directo, resumido y normativo. |
Nota final | Incluye una excepción específica que permite acreditar el regreso con el CFDI original bajo ciertas condiciones. | No incluye excepción; se estandariza la emisión de nuevo CFDI en devoluciones mayores o diferentes. |
- Instructivo de llenado para transporte ferroviario
En este apartado se explican los cambios al instructivo de llenado para transporte ferroviario.
Apéndice 1. Notas generales
Se eliminan las claves de servicio siguientes, correspondientes al “Transporte de intermodal”:
- 78101901-Transporte aéreo a marítimo
- 78101903-Transporte marino a carretera (por camión)
- 78101904-Transporte aéreo a carretera (por camión).
Se eliminan las claves de servicio siguientes, correspondientes al “Servicio de carros blindados y transporte de valores”:
- 92121801-Servicio de carros blindados
Apéndice 7. Servicio de distribución de hidrocarburos a nivel local
Se elimina la obligación de que la CFDI de “tipo traslado” para el caso de hidrocarburos o petrolíferos por medios propios (distintos a ducto), incorporar el complemento de hidrocarburos o petrolíferos.
Apéndice 9. Eventualidades o fallas mecánicas
En el proceso para emitir el nuevo CFDI con complemento carta porte con datos actualizados se indicaba que primero se debía relacionar al nuevo CFDI con el CFDI inicial “cancelado”, Dado que esto se debe hacer antes de la cancelación del primer CFDI con errores, era un error referir al comprobante cancelado, por lo que se elimina la palabra “cancelado” y solamente se hace referencia a relacionar el nuevo CFDI con el CFD inicial.
Apéndice 10. Devolución de mercancías
El texto modificado del Apéndice 9 simplifica y redefine el procedimiento para amparar el regreso de mercancías devueltas mediante CFDI con complemento Carta Porte. A diferencia del texto original, que describía un proceso detallado en varios pasos y distinguía entre escenarios según la cantidad de mercancía devuelta y la existencia de costos adicionales, el nuevo texto concentra el procedimiento en dos pasos clave y establece un criterio más directo: emitir un nuevo CFDI de tipo ingreso o traslado, dependiendo del caso, cuando la mercancía devuelta sea mayor o diferente a la originalmente transportada. Con ello, se elimina la posibilidad de reutilizar el CFDI original en ciertos casos y se clarifica que toda devolución con cantidad distinta requiere un nuevo comprobante. Este cambio busca mejorar la precisión normativa y operativa en el manejo fiscal de devoluciones en el transporte de mercancías.
Las principales diferencias entre estas versiones son:
Elemento | Texto Original | Texto Modificado |
Estructura del procedimiento | Paso a paso (10 pasos) detallado del proceso de devolución, incluyendo rutas, entregas, y retorno. | Procedimiento resumido en solo 2 pasos clave enfocados exclusivamente en el retorno de mercancía. |
Condición para emitir nuevo CFDI | Se emite nuevo CFDI solo si la cantidad devuelta es mayor que la inicial y no hay costo adicional. | Se emite nuevo CFDI siempre que la cantidad devuelta sea mayor o diferente, sin considerar el costo. |
Tipo de CFDI a emitir | CFDI de traslado si no hay costo adicional; de ingreso si lo hay. | CFDI de tipo ingreso o traslado, según el caso, sin vincularlo explícitamente a la existencia de costo. |
Uso del CFDI original | Puede reutilizarse el CFDI original si la mercancía es la misma y la cantidad devuelta es menor. | Ya no se menciona la reutilización del CFDI original, incluso si se trata de una menor cantidad. |
Lenguaje y redacción | Más extenso, explicativo y con ejemplos. | Más directo, resumido y normativo. |
Nota final | Incluye una excepción específica que permite acreditar el regreso con el CFDI original bajo ciertas condiciones. | No incluye excepción; se estandariza la emisión de nuevo CFDI en devoluciones mayores o diferentes. |