CLABE errónea en mi declaración anual ¿Rechazo de devolución?

Es posible durante el llenado de la declaración anual una persona ingrese una CLABE errónea al momento de solicitar su devolución. De ser así, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), señala que es responsabilidad de la autoridad fiscal verificar que los datos del contribuyente sean correctos.


¿CLABE errónea? El SAT debe identificar el error
En el llenado de la devolución automática de la Declaración Anual, se solicita al contribuyente ingresar la CLABE de la cuenta bancaria en la cual se depositará el monto obtenido a favor. No obstante ¿qué sucede si la CLABE ingresada es errónea?


En ese sentido, de acuerdo con el Criterio Jurisdiccional 35/2015 de la PRODECON, “la autoridad fiscal está obligada a verificar los datos de la cuenta bancaria que el contribuyente proporciona, que sea titular y se encuentre activa, en caso contrario, tiene la obligación de requerir al contribuyente para aclarar dichos datos”.


De esto se concluye que la autoridad:

    • no puede automáticamente negar la obligación de pago del saldo a favor con el único argumento que los datos de la CLABE son erróneos.
    • en caso de efectuar el depósito del saldo a favor a una cuenta bancaria que no corresponde a las propias del contribuyente, la autoridad deberá, aun así, depositar al contribuyente que era efectivamente acreedor del saldo a favor.


Respecto al punto anterior, dentro del Criterio citado se identifica que la autoridad cuenta con los sistemas y bases de datos a través de los cuales está en posibilidad de conocer la CLABE del contribuyente con el objetivo de verificar los datos proporcionados y, en su caso, requerir la aclaración. El proceder de forma contraria significaría que la autoridad meramente aprobaría cualquier saldo a favor sin confirmar los datos que contengan las solicitudes, lo cual no es el caso.


La conclusión del Órgano Jurisdiccional deriva de una interpretación del Artículo 22 y 22-B del Código Fiscal de la Federación (CFF) en cuanto indica que, en caso de error en la solicitud de devolución, la autoridad requerirá al contribuyente aclare lo datos, y que el plazo de devolución se suspenderá cuando no sea posible efectuar el depósito en la cuenta proporcionada por el contribuyente:

    • por ser inexistente la cuenta
    • haberse cancelado
    • cuando el número de la cuenta proporcionado por el contribuyente sea erróneo