¿Cómo quedan las compensaciones de impuestos en 2024?
Con la entrada en vigor de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2024, se elimina la regla que normaba los casos en que los contribuyentes debían presentar avisos de compensación.
Avisos de compensación
Se debe recordar que, en general, siempre ha existido una regla que establece que no es obligatorio presentar avisos de compensación de saldos a favor cuando los contribuyentes presenten sus declaraciones de pagos provisionales, definitivos o anuales a través del ‘Servicio de Declaraciones y Pagos’; es decir, a través de los formularios de declaración en la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
No obstante, algunos casos sí preveían la presentación de un aviso de compensación, como el caso de las compensaciones realizadas por contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal.
A partir de enero de 2024, se eliminan las disposiciones que establecen la obligación de presentar aviso de compensación, para quedar todo normado en la Regla 2.3.10., que establece que se tendrá por cumplida la obligación de presentar el aviso de compensación, cuando los contribuyentes presenten sus declaraciones de pagos provisionales, definitivos o anuales a través del ‘Servicio de Declaraciones y Pagos’, como ya se ha indicado.
Trámites
En este sentido, con fecha 15 de enero de 2024, se publica en el Diario Oficial de la Federación el Anexo 1-A de la RMF para 2024, el cual contiene las fichas de todos los trámites a realizar ante el SAT. En esta publicación destaca la derogación de todas las fichas de trámite que prevén un aviso de compensación.