Cómo se cubre la obligación de cuotas INFONAVIT a trabajadores del hogar

El 29 de noviembre de 2023, se publica en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman los artículos 251 de la Ley del Seguro Social y 146 de la Ley Federal del Trabajo, y se adiciona un artículo 59 Bis a la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.


Las modificaciones van encaminadas a que las personas inscritas voluntariamente en el régimen obligatorio de ley puedan realizar aportaciones para la vivienda al Instituto Nacional del Fondo de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT).


La modificación al Artículo 146 de la ley laboral cobra especial relevancia, puesto que anteriormente preveía que los patrones no estaban obligados a pagar las aportaciones al INFONAVIT de los trabajadores del hogar. Esta excepción es removida del artículo, quedando así la obligación de pagar dichas aportaciones por estos trabajadores.


En este sentido, el trámite para la inscripción y el pago de cuotas de seguridad social de los trabajadores del hogar sufre modificaciones precisamente para incorporar el pago de las cuotas al INFONAVIT.


Procedimiento

El procedimiento se describe a continuación.

  1. Ingreso al sistema
    El acceso al sistema se hace directamente en el siguiente enlace: Incorporación de las personas trabajadoras del hogar (imss.gob.mx)
  2. Datos de la persona empleadora
    Se proporcionan los datos de la persona empleadora, o patrón.

  1. Datos de la persona empleadora
    Se confirman los datos de identificación de la persona empleadora:
  • Datos del Registro Nacional de Población
  • Datos del documento probatorio
  • Datos de contacto (teléfono y correo electrónico)
  • Domicilio


Es necesario seleccionar la casilla “Manifiesto bajo protesta de decir verdad que los datos asentados en la presente solicitud son ciertos”, para poder continuar.

  1. Incorporación de personas trabajadoras del hogar
    Se indican los datos de la percepción del trabajador del hogar.


Si no existe ningún trabajador registrado, se debe pulsar sobre el botón “Agregar persona trabajadora del hogar”. Esta opción también se utilizará para registrar a más trabajadores que aún no estén registrados.


Si ya existe un trabajador registrado, se debe pulsar sobre la opción “Editar”, para introducir los datos




  1. Confirmar o proporcionar los datos de la persona trabajadora del hogar




  1. Selección del período de cobertura
    Se selecciona el período de cobertura pulsando sobre el renglón deseado, según la periodicidad.




  1. Aparecen los datos completos de las cuotas
    Se muestran los datos completos de las cuotas a pagar por patrón y por trabajador.




  1. Confirmación de datos
    Aparecen todos los datos completos para la revisión correspondiente, sobre los cuales será necesario seleccionar la casilla “He leído y acepto los términos y condiciones”, mismos que aparecerán sobrepuestos en la pantalla.
  2. Comprobantes de registro y línea de captura
    Aparece la opción para descargar tanto el documento comprobante de registro del trabajador del hogar, como el documento con la línea de captura para realizar el pago en el banco.



Observaciones
Es importante considerar los siguientes aspectos:

  • Aquellos patrones que desde 2023 hayan elegido la opción de renovación automática, siguen recibiendo su registro y su línea de captura sin las aportaciones al INFONAVIT. Para realizar esas aportaciones deberán realizar nuevamente el registro manual.
  • Debe hacerse notar que en el nuevo procedimiento en línea ya se prevé el aviso de baja del trabajador. Esto es, anteriormente bastaba con no hacer la renovación o el registro mensual para considerar que el trabajador ya no estaba inscrito; sin embargo, bajo este nuevo modelo, si es necesario seleccionar la opción “eliminar” trabajador durante el paso número cuatro indicado en esta guía.