Cómo usar el ObjetoImp del CFDI en operaciones dentro y fuera de PODEBI

A través de la más reciente actualización a las preguntas frecuentes del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), el 11 de marzo de 2024, que publica el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en su página de Internet, la autoridad se pronuncia sobre el uso de la clave “05 – Sí objeto del impuesto, IVA crédito PODEBI” del catálogo cat_ObjetoImp.


A través de la Novena Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023 y Anexo 1-A, se incluye la Regla 11.11.11. que señala que los contribuyentes que apliquen el estímulo fiscal en materia del Impuesto al Valor Agregado (IVA) por las operaciones que realicen al interior de los polos de desarrollo del bienestar (PODEBI) del Corredor Transístmico, para efectos de la expedición de los comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI) podrán reflejar la aplicación del estímulo fiscal en el CFDI, usando la clave 05 ‘Sí objeto del impuesto, IVA Crédito PODEBI’ del catálogo c_ObjetoImp, que señala el Anexo 20, en las actividades económicas productivas que realicen.


Asimismo, en dichos CFDI deberán incorporar el complemento leyendas fiscales en el que se debe registrar la leyenda ‘Operación realizada al interior de los PODEBI’.


La emisión de los CFDI referidos será indispensable para la procedencia del acreditamiento del estímulo fiscal, en los términos del tercero y cuarto párrafos del artículo Décimo del Del Decreto por el que se fomenta la inversión de los contribuyentes que realicen actividades económicas productivas al interior de los Polos de Desarrollo para el Bienestar del istmo de Tehuantepec, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 5 de junio de 2023.


Esto no será aplicable para aquellas operaciones celebradas con el público en general o bien con contribuyentes que no cuenten con la constancia para desarrollar actividades en estos polos.


En este sentido, con fecha 12 de diciembre de 2023, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) da a conocer la modificación a matriz de errores de CFDI 4.0 y CRP 2.0 y la Modificación a catálogos del CFDI 4.0, con las que se incluye la clave 05 ‘Sí objeto del impuesto, IVA Crédito PODEBI’ del catálogo c_ObjetoImp, que está vigente desde el 6 de diciembre de 2023.


Ahora, con la publicación de la pregunta frecuente del SAT, la autoridad aclara cómo deben proceder aquellos contribuyentes que tengan operaciones tanto dentro como fuera de los PODEBI. La pregunta y su respuesta se transcriben a continuación.


Si soy un contribuyente que realiza actividades económicas productivas al interior de los Polos de Desarrollo para el Bienestar del Istmo de Tehuantepec (PODEBI), así como actividades fuera de estos, ¿cómo debo emitir el CFDI por mis ingresos obtenidos?
Se deben emitir dos CFDI, un CFDI que incluya únicamente los ingresos que deriven de las actividades que se apeguen al PODEBI, y utilizar la clave “05-Sí objeto del impuesto, IVA crédito PODEBI” en el campo Objeto de Impuesto de cada concepto y otro CFDI por aquellos ingresos que no se apeguen a dicho decreto, al utilizar cualquier clave distinta de “05” en el campo Objeto de Impuesto.


Esta pregunta puede ser consultada directamente en el siguiente enlace: Formato de Factura (Anexo 20) – Factura electrónica – Portal de trámites y servicios – SAT