Crédito mercantil: ¿Qué es y cómo se trata?
Cuando una entidad adquiere los activos de otra, es usual que además de registrar los activos intangibles adquiridos no registrados previamente por la adquirida (por ejemplo, marca, cartera de clientes), registre además una cuenta llamada “crédito mercantil”.
El crédito mercantil usualmente se registra por una entidad adquirente y está definido como:
-
- El exceso de la contraprestación sobre el valor razonable específico de los activos netos adquiridos.
- En una adquisición de negocios es un activo intangible que representa beneficios económicos futuros que surgen de otros activos adquiridos que no son identificables individualmente ni reconocidos por separados.
Valor de un crédito mercantil y su registro
Kieso, Weygandt y Warfield (2020) indican que el crédito mercantil, por su naturaleza, es considerado como una “cuenta maestra de valuación” o una “cuenta relleno” ya que es medido de forma residual en vez de medido directamente.
En efecto, la Norma de Información Financiera (NIF) B-7 – “Adquisiciones de negocios” indica que cuando se adquiera un negocio, deberán primero reconocerse los activos identificables y los pasivos asumidos del negocio adquirido, así como la participación no controladora previo a reconocer el crédito mercantil.
Para ilustrar, “Adquirente, S.A.” adquiere el 100% de “Fusionada, S.A” por un valor de 540,000 pesos. La entidad fusionada presenta, al 31 de diciembre de 2023, la siguiente situación financiera:
Fusionada, SA. | |||
Estado de Situación Financiera | |||
Al 31 de diciembre de 2023 | |||
Activos | Pasivos | ||
Efectivo | 100,000.00 | Documentos por pagar | 500,000.00 |
Cuentas por cobrar | 250,000.00 | ||
Inventario | 150,000.00 | Capital contable | |
Propiedad, planta y equipo, neto | 300,000.00 | Capital social | 300,000.00 |
Total de activos | 800,000.00 | Total de pasivo + capital contable | 800,000.00 |
Sin embargo, el valor en libros (basado en el costo histórico) no revela el valor razonable de los activos identificables. Una valuación de Adquirente, S.A. permite identificar los valores razonables de los activos de Fusionada, sumado a aquellos activos generados internamente que ésta última no había registrado.
Cuentas | Valor razonable |
Efectivo | 100,000 |
Cuentas por cobrar | 250,000 |
Marcas | 50,000 |
Inventario | 250,000 |
Propiedad, planta y equipo, neto | 350,000 |
Documentos por pagar | -500,000 |
Valor razonable de los activos netos | 500,000 |
Aun así, Adquirente no pagó 500 mil pesos por Fusionada, sino 540 mil ¿A qué se debe la diferencia? Generalmente, esta se debe a aquellas características de la empresa que influyen en su éxito pero que son difíciles de identificar o cuantificar. Ejemplo de ello son:
-
- Buena reputación
- Buena calificación crediticia
- Capacidad del personal administrativo
- Empleados bien capacitados
- Sinergias y ahorros en costos al combinar las entidades.
En consecuencia, al adquirir Fusionada, Adquirente registra lo siguiente:
Cargo | Abono | Cargo | Abono |
Propiedad, planta y equipo | 350,000.00 | ||
Marcas | 50,000.00 | ||
Inventario | 250,000.00 | ||
Cuentas por cobrar | 250,000.00 | ||
Efectivo | 100,000.00 | ||
Crédito mercantil | 40,000.00 | ||
Documentos por pagar | 500,000.00 | ||
Efectivo | 540,000.00 |
Nótese que el valor del crédito mercantil es meramente el monto de adquisición pagado menos el monto de los activos netos (540,000 – 500,000 = 40,000).
Crédito mercantil no es generado internamente
De acuerdo con la NIF C-8, el crédito mercantil generado internamente no debe reconocerse como un activo, dado que es un activo cuyo beneficio económico futuro no puede ser controlado por la entidad y su costo no puede ser valuado confiablemente.
El motivo por el cual no es posible capitalizar el crédito mercantil generado internamente consiste en que esto es simplemente muy complejo, sumado a que asociar los costos con los futuros beneficios es complicado. Adicionalmente, cuando no existe una transacción objetiva se genera un alto grado de subjetividad e incluso equivocada presentación[5].
Deterioro del crédito mercantil
El crédito mercantil de un negocio adquirido no debe amortizarse; sin embargo, por considerarse un activo intangible con vida indefinida, debe sujetarse a las pruebas de deterioro de acuerdo con la norma relativa, al cierre de cada periodo por el que se informa[6].
Para evaluar su deterioro, deberán aplicarse los procedimientos descritos en la norma NIF C-15 – “Deterioro en el valor de activos de larga duración” y norma NIF B-11 “Disposición de activos de larga duración y operaciones discontinuadas”.
Según la norma relativa al deterioro en el valor de activos de larga duración, la entidad debe comprobar si un activo intangible con una vida útil indefinida ha experimentado una pérdida por deterioro de su valor comparando el monto recuperable con su valor neto en libros:
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- anualmente, y
- en cualquier momento en el que se presente un indicio de deterioro.
Normas de presentación y revelación del crédito mercantil
Generalmente, los activos intangibles, como el crédito mercantil, deben presentarse en el estado de posición financiera como activos no circulantes, deduciendo su pérdida por deterioro, acumuladas. Un crédito mercantil derivado de asociadas debe adicionarse al valor de la inversión.
Como parte de las normas de revelación, es preciso señalar el monto del crédito mercantil procedente de cada adquisición de la entidad y el monto asignado en cada unidad a informar.
Implicaciones fiscales del crédito mercantil
El término crédito mercantil no está contenido expresamente en la Ley del ISR. Sin embargo, es posible equipararlo a “crédito comercial”, señalado en el Artículo 28, fracción XII:
Artículo 28. Para los efectos de este Título, no serán deducibles:
[…]
XII. El crédito comercial, aun cuando sea adquirido de terceros.
Por lo anterior, en ninguna circunstancia puede deducirse el crédito mercantil.