¿Cuándo conviene aplicar la facilidad para no emitir CFDI con CRP?
La Regla Miscelánea 2.7.1.39. establece la facilidad para que contribuyentes que no reciban el pago del monto total del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) al momento de su expedición, podrán considerarlo como pagado en una sola exhibición para efectos de la facturación.
Desde que esta regla se dio a conocer (2018) ha causado inquietud entre los contribuyentes, hay quienes opinan que no es una buena medida porque administrativamente puede resultar contraproducente y hay quienes consideran que, en efecto, la medida es muy útil, por lo que es conveniente analizar cuándo es conveniente acogerse a esta facilidad y cuándo no.
Facilidad
Primeramente es necesario iniciar explicando que esta facilidad consiste en no emitir CFDI con Complemento para Recepción de Pagos (CRP) cuando se cumpla con las siguientes condiciones:
- Se emita el CFDI con el método de pago “PUE” (Pago en una sola exhibición), aunque aún no se haya pagado.
- El cobro de la factura se realice a más tardar el último día del mes de calendario en el cual se expidió el CFDI.
- Indicar la forma en que se realizará el pago (Transferencia, cheque, etc.)
- Si la forma de pago cambia, se debe emitir un nuevo comprobante sustituyendo al anterior.
- Si el documento no se liquida antes de la fecha señalada, se cancelará y se emitirá uno nuevo señalando como método de pago “PPD” (Pago en parcialidades o diferido) y el método de pago “99 Por definir”, relacionando el nuevo con el cancelado como “sustitución de documentos”.
- Se emitirá el CFDI con CRP cuando el pago sea recibido.
Esta facilidad implica prácticamente echar abajo el esquema de comprobación de pagos mediante CRP para aquellas operaciones que son liquidadas en un corto plazo: hasta 31 días dependiendo de la fecha en que se emite el documento: Si se emite a principios de mes, se tiene todo les mes para que sea cobrado y sea considerado como pagado de contado (PUE). Si se emite a fin de mes, se debe cobrar de inmediato.
Esto deja fuera del esquema de comprobación de flujos a todas las operaciones que se realicen como se indica en el párrafo anterior, lo que efectivamente representa una facilidad, dada la complejidad y costos administrativos que implica el control y la emisión de los comprobantes con CRP.
Casos en que no conviene aplicar la facilidad
Debido a las implicaciones administrativas que la aplicación de esta facilidad puede tener, no conviene aplicarla en los siguientes casos:
- Cuando no se tiene la certeza de que el cliente va a liquidar la factura dentro del mismo mes en que se emite
- Cuando no se tiene la certeza de que el cliente utilizará el método de pago que dijo que iba a utilizar.
- Tratándose de clientes nuevos de los que no se tiene una certeza de que sean cumplidos y ordenados en sus prácticas de pago.
- Cuando los que los procedimientos de pago son automatizados, donde las facturas por cobrar se cargan en un portal de Internet, en donde no hay realmente una interacción con una persona que, en caso de un problema, pueda atender y resolver con prontitud cualquier inconveniente que se presente.
- Tratándose de clientes que normalmente se demoran en realizar sus pagos o son inconsistentes en su cumplimiento, pues es probable que excedan del plazo señalado en la regla para efectuar el pago.
Se debe recordar que en caso de que no se cumpla con la fecha del pago o con la forma de pago, el CFDI debe cancelarse y sustituirse por otro, lo que generará reprocesos y más carga administrativa.
Casos en que conviene aplicar
Cuando ya se tiene una relación de más tiempo con los clientes y es sabido que tienen procesos consistentes, siempre pagan en tiempo utilizando la misma forma de pago, y sobre todo, no demoran en pagar, entonces esta facilidad es conveniente, puesto que puede tenerse una mayor certeza de que el pago se recibirá dentro del plazo y mediante la forma de pago acordada.
Generalmente esta facilidad será conveniente en aquellos casos en que los pagos se hacen a los pocos días de emitir la factura y, como se ha mencionado, teniendo la certeza de que se realizarán dentro del mismo mes de emisión de la factura, así como de la forma de pago.