El beneficio contenido en el sexto dígito del RFC
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha emitido un recordatorio a través de sus redes sociales sobre la importancia de presentar en tiempo y forma las declaraciones provisionales o definitivas. Este recordatorio subraya que la fecha límite de pago depende del sexto dígito numérico del Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
Es crucial tener en cuenta que las fechas para cumplir con estas obligaciones fiscales varían según el sexto dígito numérico del RFC de cada contribuyente. A continuación, se explica cómo identificar este dígito y su relevancia.
El RFC se compone de 13 caracteres, de los cuales los cuatro seis corresponden a la clave alfanumérica, los siguientes seis son dígitos numéricos, y los últimos tres constituyen la homoclave. El sexto dígito numérico es el que determina la fecha límite para la presentación de las declaraciones:
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- 1 y 2: Día 17 del mes siguiente al periodo que corresponde la declaración, más 1 día hábil.
- 3 y 4: Día 17 del mes siguiente al periodo que corresponde la declaración, más 2 días hábiles.
- 5 y 6: Día 17 del mes siguiente al periodo que corresponde la declaración, más 3 días hábiles.
- 7 y 8: Día 17 del mes siguiente al periodo que corresponde la declaración, más 4 días hábiles.
- 9 y 0: Día 17 del mes siguiente al periodo que corresponde la declaración, más 5 días hábiles.
Este esquema de fechas se aplica con el objetivo de facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y evitar sanciones por incumplimiento. Es fundamental que los contribuyentes revisen su RFC y estén atentos a las fechas establecidas para evitar inconvenientes.