¿En qué casos debo firmar la declaración anual 2023 con e.firma?

Para la declaración anual de personas físicas de 2023 a presentar en 2024, la autoridad establece el siguiente tratamiento a través de la Regla 2.3.2.


Para efectos del programa de devolución automática del ISR de las personas físicas, el monto del saldo a favor a partir del cual la declaración debe ser presentada utilizando la firma electrónica e.firma es de $10,000, conforme a lo siguiente:

    • Si el importe es igual o menor a $10,000 pesos, se podrá presentar utilizando la Contraseña.
    • Si el importe es mayor a $10,000 y menor a $150,000, podrá utilizar la Contraseña, siempre que se seleccione una cuenta bancaria para transferencias electrónicas a 18 dígitos (CLABE) que esté a nombre del titular, de las precargadas en la plataforma de la declaración anual. Si no se selecciona ninguna de esas CLABE precargadas, se deberá utilizar firma electrónica.
    • En el resto de los casos, debe presentarse utilizando e.firma.


En este sentido, se establece que no procede la facilidad de la devolución automática para quienes presenten la declaración con Contraseña estando obligados a utilizar firma electrónica.


La devolución automática tampoco procederá cuando la declaración se presente posterior al 31 de julio de 2024.