Estímulos fiscales en Coahuila para 2025

Con fecha 27 de diciembre de 2024, se publican en el Periódico Oficial del Estado de Coahuila, una serie de estímulos fiscales, muchos de los cuales son renovaciones de estímulos que se otorgan año tras año.


El Decreto emitido para el ejercicio fiscal 2025 contiene diversas disposiciones para el otorgamiento de estímulos fiscales con el objetivo de incentivar la inversión, generar empleos, apoyar a grupos vulnerables y fomentar el desarrollo económico en el Estado de Coahuila de Zaragoza.


Análisis
A continuación, se detalla un análisis técnico de los estímulos otorgados, clasificándolos según el ámbito de aplicación y explicando las condiciones y beneficios establecidos en cada Artículo del Decreto.


Capítulo I: Impuesto Sobre Nóminas (ISN)

    • Artículo 4: Exención del 100% del ISN para nuevos empleos generados por personas físicas o morales. Este beneficio aplica durante 12 meses y excluye empleos derivados de transferencias entre empresas de subcontratación.
    • Artículo 5: Mecanismo para determinar el beneficio mediante comparación mensual entre el número promedio de empleados de 2023 y los nuevos empleos creados en 2025.
    • Artículo 6: Estímulos escalonados del ISN en municipios seleccionados: 100% el primer año, 50% el segundo y 25% el tercero.
    • Artículo 7: Condiciones para acceder al estímulo, incluyendo registro fiscal en el Estado y realización de inversiones en municipios designados.
    • Artículos 8 y 9: Exención total del ISN para escuelas particulares y organizaciones sociales, siempre que cumplan con requisitos administrativos.


Capítulo II: Impuesto Sobre Enajenación de Vehículos de Motor

    • Artículo 10: Pago fijo de $600.00 MXN por operación realizada durante 2025.


Capítulo III: Derechos del Registro Público

    • Artículo 11: Descuentos escalonados según el valor de la operación, con rangos de hasta 95%.
    • Artículo 12: Exención de ciertos impuestos complementarios para operaciones con valores hasta $1,650,000 MXN.
    • Artículos 13-40: Diversos descuentos por actos como inscripciones, donaciones, herencias, adquisición de primera vivienda y operaciones sin valor determinado, con porcentajes y montos fijos.


Capítulo IV: Derechos del Registro Civil

    • Artículo 42: Descuento del 40% para personas jubiladas, con discapacidad y adultos mayores.
    • Artículo 43-45: Exención del 100% para registros de nacimiento y otros servicios esenciales en condiciones de vulnerabilidad.


Capítulo V: Otros Derechos

    • Artículo 46: Descuento del 50% en trámites de pasaporte ordinario.
    • Artículo 47: Descuento del 50% en publicaciones oficiales.


Capítulo VI: Derechos de Control Vehicular

    • Artículo 48-52: Descuentos del 25% al 50% en derechos de vehículos según antigüedad y categoría; cuotas fijas para remolques, motocicletas y otros vehículos.


Capítulo VII: Servicios del Instituto Estatal del Deporte

    • Artículo 53-56: Descuentos de hasta el 100% en servicios del Centro Acuático para familias, adultos mayores y personas con discapacidad.


Capítulo VIII: Servicios de la Secretaría de Educación

    • Artículo 57: Exención total de derechos por certificaciones escolares y trámites educativos.


Capítulo IX: Servicios de la Subsecretaría de Protección Civil

    • Artículo 58: Subsidio del 30% en derechos por revisión de programas preventivos en escuelas particulares.


Capítulo X: Disposiciones Comunes

    • Artículo 59-62: Condiciones generales para la aplicación de los beneficios, incluyendo la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025.


Resumen de los estímulos

    • Impuesto Sobre Nóminas: Exención del 100% y reducciones escalonadas.
    • Vehículos: Tarifas fijas y descuentos hasta el 50%.
    • Registro Público: Descuentos escalonados y beneficios para actos específicos.
    • Registro Civil: Exenciones para grupos vulnerables.
    • Deportes: Descuentos para atletas y familias.
    • Educación: Exención total en certificaciones.
    • Protección Civil: Subsidios para programas preventivos en escuelas.