Exhorta SAT a presentar dictamen fiscal por ejercicio 2024
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha emitido el Comunicado 20-2025, mediante el cual exhorta a las empresas y personas físicas con actividad empresarial a presentar el dictamen de estados financieros del ejercicio fiscal 2024, a más tardar el 15 de mayo de 2025. Esta obligación tiene implicaciones fiscales relevantes y su cumplimiento es esencial para evitar sanciones y asegurar la continuidad operativa del contribuyente.
¿Qué es el dictamen de estados financieros?
El dictamen fiscal consiste en un informe elaborado por un contador público registrado ante el SAT, quien analiza los estados financieros del contribuyente y emite una opinión sobre su situación contable y el cumplimiento de las obligaciones fiscales. Este documento permite a la autoridad fiscal contar con una revisión profesional independiente que da mayor certeza sobre la veracidad de la información presentada.
¿Quiénes están obligados a presentarlo?
De acuerdo con la información del SAT, están obligados a presentar el dictamen de estados financieros:
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- Las personas morales que, en el ejercicio fiscal 2023, hayan obtenido ingresos acumulables iguales o superiores a $1,855,919,380.00.
- Aquellas cuyos títulos se encuentren colocados en bolsa de valores.
Además, podrán optar voluntariamente por presentar el dictamen los contribuyentes que:
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- Tengan ingresos acumulables superiores a $157,785,270.00;
- Cuenten con activos superiores a $124,650,380.00, o;
- Hayan contado con un promedio mensual de al menos 300 trabajadores durante el ejercicio fiscal.
¿Cómo se presenta?
El dictamen debe enviarse mediante la plataforma habilitada por el SAT, en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/portal/public/tramites/dictamen-fiscal
El plazo límite para la presentación es el 15 de mayo de 2025. La presentación extemporánea o la omisión pueden derivar en consecuencias severas para los contribuyentes.
Consecuencias del incumplimiento
En caso de no presentar el dictamen estando obligado a ello, o presentarlo fuera del plazo legal, el SAT podrá imponer:
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- Multas de entre $17,330 y $173,230 pesos;
- Restricción temporal del Certificado de Sello Digital (CSD), necesario para emitir facturas electrónicas (CFDI);
- Y en caso de no corregir la omisión, se puede llegar a la cancelación definitiva del CSD.
Estas medidas no solo impactan económicamente, sino que pueden poner en riesgo la operación regular de la empresa o actividad empresarial.