Extensión del período de gracia de la carta de porte digital

Conocer, a través de su página de Internet, el Segundo Anteproyecto de Décima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022.


En este anteproyecto se informa que el período de gracia en el que los contribuyentes pueden emitir la carta de porte digital, a través del Complemento Carta Porte (CCP) del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), se extiende hasta el 31 de julio de 2022.


Cabe recordar que el CCP es obligatorio desde el 1 de enero de 2022, pero durante el período de gracia referido, si caso se emitiera con errores, no se considerará que los contribuyentes incumplen con los lineamientos, de manera que no se harían acreedores a multas ni sanciones.


En este mismo sentido, a través del Primer Anteproyecto de IV Modificación a Reglas de Comercio Exterior 2022, se establece que el folio fiscal del CFDI de tipo ingreso o tipo traslado, según corresponda, con complemento Carta Porte, será exigible a partir del 01 de agosto de 2023 para efectos de lo dispuesto en las reglas 1.9.11., fracción I, inciso b), numeral 8; 2.4.12., fracción I, inciso f); 3.1.15., fracción V; 3.1.32., fracción VIII y penúltimo párrafo; 3.1.33., fracción I, inciso g), y 4.6.8., fracción II, inciso h).