Límite de ingresos para la SAS en 2024 continúa arrastrando el error de 2019
El Artículo 260 de la Ley General de Sociedades Mercantiles establece el límite de ingresos que las sociedades por acciones simplificadas (SAS) pueden tener, monto que en 2016 fue fijado en 5 millones de pesos. El mismo artículo prevé que dicho monto será actualizado de manera anual el primero de enero de cada año.
Factor de actualización
Al respecto la disposición continúa indicando que la actualización se realizará considerando el factor de actualización correspondiente al periodo comprendido desde el mes de diciembre del penúltimo año hasta el mes de diciembre inmediato anterior a aquel por el que se efectúa la actualización, y que la Secretaría de Economía publicará el factor de actualización en el Diario Oficial de la Federación durante el mes de diciembre de cada año, lo cual se ha realizado de manera oportuna en cada ejercicio.
Actualización en 2019
El factor de actualización calculado para el año 2019 se calculó con un importante error, lo que dio como resultado una cantidad equivocada, misma que fue tomada como base para el ejercicio 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024, por lo que la cantidad vigente para 2024 continuará ese error que, como se evidencia, no ha sido corregido por la autoridad.
Con fecha 31 de diciembre de 2018 se publica en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo por el que se da a conocer el factor de actualización a los ingresos totales anuales de una sociedad por acciones simplificada conforme a lo dispuesto en el artículo 260 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, pero se publica con un importante error que distorsiona este parámetro.
La publicación referida establece que el 8 de diciembre de 2017 fue publicado en el DOF el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) del mes de noviembre de 2017, el cual corresponde a 130.044 puntos. El 10 de diciembre de 2018 fue publicado en el DOF el INPC del mes de noviembre de 2018, mismo que es de 102.303 puntos, resultando en un factor de actualización de 0.7866; sin embargo, de acuerdo con el Artículo 17-A del Código Fiscal de la Federación, este factor se debe limitar a 1.0000, y debe así aplicarse a la cantidad que previamente había sido actualizada para 2018, fijada en $ 5,508,206.29, debiendo quedar en esa misma cantidad para 2019.
Consideración equivocada de la SE
El problema se genera porque el INPC de noviembre de 2017 a que se hace referencia en el Acuerdo del factor de actualización, es tal cual como fue publicado en el DOF; sin embargo, ese índice fue publicado conforme la base anterior de INPC, la cual fue modificada en 2018 hacia una nueva base 100, por lo que es equivocado aplicarlo con ese valor. El INPC de noviembre de 2017 que debió utilizarse es de 97.695, que corresponde a la nueva base de INPC, debiendo resultar en un factor de actualización de 1.0471 y, en consecuencia, una nueva cantidad actualizada del límite de ingresos de las SAS, vigente para 2019 de 5,768,012.98.
Esta cantidad vigente en 2019 es la que ha servido como base para actualizar las cantidades aplicables a los ejercicios siguiente, arrastrando el error hacia dichos ejercicios.
Comparación de cantidades
Estas son las actualizaciones que se han realizado a la cantidad en estudio, según las publicaciones de la Secretaría de Economía (SE) en el DOF. Se presentan anotaciones para hacer aclaraciones y destacar los errores que se han cometido:
Año | Monto base | INPC de noviembre del año anterior | INPC de noviembre del año actual | Factor de actualización | Monto actualizado a aplicar en el año | Notas |
2016 | 5,000,000.00 | NA | NA | NA | 5,000,000.00 | [1] |
2017 | 5,000,000.00 | 118.051 | 121.953 | 1.0330 | 5,165,000.00 | |
2018 | 5,165,000.00 | 121.953 | 130.044 | 1.0663 | 5,508,206.29 | [2] |
2019 | 5,508,206.29 | 130.044 | 102.303 | 1.0000 | 5,508,206.29 | [3] |
2020 | 5,508,206.29 | 102.303 | 105.346 | 1.0297 | 5,671,800.02 | |
2021 | 5,671,800.02 | 105.346 | 108.856 | 1.0333 | 5,860,670.96 | |
2022 | 5,860,670.96 | 108.856 | 116.884 | 1.0737 | 6,292,602.41 | |
2023 | 6,292,602.41 | 116.884 | 125.997 | 1.0780 | 6,783,425.40 | |
2024 | 6,782,796.13 | 125.997 | 131.445 | 1.0432 | 7,076,469.38 | [4] |
[1] Sin actualización por ser el año base.
[2] Esta cantidad tiene un error por manejo incorrecto de decimales por parte de la SE; así fue publicada en el DOF. La cantidad debería ser $5,507,439.50.
[3] En 2018 se cambia a INPC Base 2018. El INPC de 130.044 debió ser 97.695 para que mantuviera la equivalencia.
[4] Aun cuando se anuncia que el factor de actualización para 2024 es 1.0432, el resultado que publican corresponde a un factor de 1.0433, por lo que la cantidad para 2024 también se encuentra equivocada.
Las cantidades que debieron considerarse para 2019 y años subsecuentes se muestran a continuación:
Año | Monto base | INPC de noviembre del año anterior | INPC de noviembre del año actual | Factor de actualización | Monto actualizado a aplicar en el año |
2016 | 5,000,000.00 | NA | NA | NA | 5,000,000.00 |
2017 | 5,000,000.00 | 118.051 | 121.953 | 1.0330 | 5,165,000.00 |
2018 | 5,165,000.00 | 121.953 | 130.044 | 1.0663 | 5,507,439.50 |
2019 | 5,507,439.50 | 97.695 | 102.303 | 1.0471 | 5,766,839.90 |
2020 | 5,766,839.90 | 102.303 | 105.346 | 1.0297 | 5,938,115.05 |
2021 | 5,938,115.05 | 105.346 | 108.856 | 1.0333 | 6,135,854.28 |
2022 | 6,135,854.28 | 108.856 | 116.884 | 1.0737 | 6,588,066.74 |
2023 | 6,588,066.74 | 116.884 | 125.997 | 1.0779 | 7,101,277.14 |
2024 | 7,101,277.14 | 125.997 | 131.445 | 1.0432 | 7,408,052.31 |
Este error en la actualización genera una diferencia, en 2024, de $331,582.93 entre la cantidad que estará vigente en 2024 (equivocada) y la que debería ser correcta, que representa un desfase de 4.7%.
Efecto acumulativo
Como puede apreciarse, el error de la actualización en 2018 con respecto a la actualización de la cantidad aplicable en 2019 tiene un efecto que se va acumulando hacia los años subsecuentes, pues dicha cantidad es la que ha servido como base para ir actualizando los montos.