Modificación constitucional para reformar el Poder Judicial
Con fecha 15 de septiembre de 2024, se publica en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma del Poder Judicial.
Cambios
Esta reforma introduce cambios trascendentales en la estructura y funcionamiento del Poder Judicial, con el objetivo de fortalecer la independencia judicial, mejorar la rendición de cuentas, y aumentar la transparencia en los procesos de nombramiento y evaluación de magistrados y jueces.
Principales ejes de la reforma
Los principales ejes de la reforma son:
- Creación del Tribunal de Disciplina Judicial: Este nuevo órgano será el encargado de supervisar y sancionar a las personas servidoras públicas del Poder Judicial de la Federación. Su función es velar por la integridad, imparcialidad y profesionalismo del personal judicial, abordando casos de faltas graves y posibles delitos cometidos por jueces, magistrados, y demás funcionarios.
- Órgano de Administración Judicial Independiente: Este órgano tendrá a su cargo la administración de recursos humanos y financieros del Poder Judicial, así como la gestión de la carrera judicial. La creación de este ente busca descentralizar la administración, reducir injerencias políticas y asegurar un manejo técnico y especializado de la estructura judicial.
- Elección popular de jueces y magistrados: Una de las reformas más innovadoras (aunque controversiales) es la implementación de elecciones populares para ciertos cargos del Poder Judicial, tales como ministros de la Suprema Corte de Justicia, jueces de distrito y magistrados de circuito. La ciudadanía tendrá la oportunidad de elegir a estos funcionarios mediante un proceso abierto y transparente, lo cual tiene el objetivo reducir la influencia política en el nombramiento de jueces y fomentar la independencia judicial.
- Reforma al sistema de evaluación y rendición de cuentas: La reforma también introduce un nuevo esquema de evaluación para jueces y magistrados, quienes serán sometidos a evaluaciones periódicas por parte del Tribunal de Disciplina Judicial. Esta medida busca que el desempeño de los jueces se ajuste a altos estándares de imparcialidad, integridad y eficiencia.
Modificaciones estructurales en la Suprema Corte de Justicia
La Suprema Corte de Justicia de la Nación sufrirá una reducción en el número de ministros, pasando de once a nueve, con la renovación de la presidencia cada dos años en función de los votos obtenidos en la elección respectiva. Además, las sesiones del pleno serán públicas, garantizando un mayor acceso y transparencia en sus decisiones.
Impacto en el proceso judicial
Otro cambio clave es la obligación de resolver casos en un plazo máximo de seis meses, bajo pena de sanciones por incumplimiento. Este mecanismo está diseñado para acelerar la administración de justicia y reducir la acumulación de casos pendientes.
Elecciones y campañas sin proselitismo político
Las campañas para los cargos de elección dentro del Poder Judicial estarán estrictamente reguladas. No se permitirá financiamiento público o privado para las campañas, y los partidos políticos no podrán realizar actos de proselitismo ni intervenir a favor o en contra de los candidatos.
Críticas
La reforma al Poder Judicial ha generado diversas críticas de expertos y actores políticos. Entre las principales objeciones destacan:
- Politización del poder judicial: Algunos críticos argumentan que la elección popular de jueces y magistrados podría politizar el sistema judicial, ya que los candidatos tendrían que hacer campañas y esto podría comprometer su independencia.
- Complejidad administrativa: La creación de nuevos órganos, como el Tribunal de Disciplina Judicial, puede generar una burocracia adicional que retrase la administración de justicia.
- Desigualdad en el acceso a la justicia: Se teme que la elección popular favorezca a los candidatos con mayores recursos para hacer campaña, lo cual podría generar desigualdades en el acceso a los cargos judiciales.
- Riesgo de intervención política: A pesar de las salvaguardas, existe preocupación de que los partidos políticos encuentren formas indirectas de influir en las elecciones judiciales, comprometiendo la imparcialidad.
Estas críticas subrayan el temor de que las reformas puedan generar nuevos problemas en el sistema judicial mexicano.
Transición
Estos cambios entran en vigor el 16 de septiembre de 2024.
El inicio del Proceso Electoral Extraordinario 2024-2025, donde se elegirán las Ministras y Ministros de la Suprema Corte, magistrados del Tribunal Electoral, y del Tribunal de Disciplina Judicial, así como jueces y magistrados de Circuito, iniciará el 16 de septiembre de 2024.
Las personas actualmente en funciones podrán postularse en este proceso.
El Senado tiene 30 días para emitir la convocatoria correspondiente, y las elecciones serán escalonadas, renovándose la mitad de los cargos en 2025 y el resto en 2027. El Instituto Nacional Electoral (INE) será responsable de organizar y fiscalizar este proceso electoral, y garantizará la imparcialidad, legalidad y paridad de género. Las boletas contendrán los datos de las candidaturas, y los votantes podrán seleccionar mujeres y hombres conforme a las reglas establecidas por categoría de cargo.
Se establece la duración de los periodos para las nuevas Ministras y Ministros, así como los jueces y magistrados electos. Los cargos de la Suprema Corte tendrán periodos que variarán entre 8 y 11 años, dependiendo de la votación obtenida.
Los magistrados actuales del Tribunal Electoral permanecerán en funciones hasta 2027, cuando se renueven las magistraturas en la elección federal ordinaria.
El Consejo de la Judicatura Federal seguirá en funciones hasta que se instalen el Tribunal de Disciplina Judicial y el órgano de administración judicial en 2025. Durante la transición, el Consejo implementará un plan para la transferencia de recursos y funciones a estos nuevos órganos.
Las remuneraciones de los servidores públicos del Poder Judicial no podrán ser mayores a las del presidente de la República.
Se garantizan los derechos laborales de las personas trabajadoras del Poder Judicial y prevé el pago de compensaciones a jueces y magistrados que no sean reelectos.