Pago de impuestos con cheque: Requisitos
En la actualidad muchos de los contribuyentes están obligados a realizar sus pagos de impuesto a través de transferencia electrónica. Los formatos de los acuses de recibo de las declaraciones de impuesto indican si el pago del impuesto es obligatorio hacerlo por Internet, o simplemente no hacen ninguna referencia lo que significa que los mismos pueden ser pagados mediante ventanilla bancaria.
Para esos casos, en que el contribuyente paga en ventanilla bancaria mediante cheque, se deben tener presentes los requisitos de este documento.
Al respecto la Regla Miscelánea 2.1.17. establece, a la letra, lo siguiente:
Cuando el pago de contribuciones y sus accesorios se efectúe mediante cheque certificado, de caja o personal de la misma institución de crédito ante la cual se efectúa el pago, se estará a lo siguiente:
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- El pago se entenderá realizado en las fechas que se indican a continuación:
- a) El mismo día de la recepción de los ingresos federales, cuando el contribuyente realice el pago en día hábil bancario y dentro del horario de atención del servicio u operación de que se trate.
- b) El día hábil bancario siguiente al de la recepción de los ingresos federales, cuando el contribuyente realice el pago en días inhábiles bancarios, sábados o domingos y el banco le otorgue la fecha valor del día hábil bancario siguiente.
- Los cheques deberán contener las inscripciones siguientes:
- a) En el anverso, según sea el caso:
- ‘Para abono en cuenta bancaria de la Tesorería de la Federación’.
- Tratándose de contribuciones que administren las entidades federativas: ‘Para abono en cuenta bancaria de (nombre de la tesorería u órgano equivalente)’.
- Tratándose de aportaciones de seguridad social recaudadas por un organismo descentralizado: ‘Para abono en cuenta bancaria del (nombre del organismo)’. En este caso se deberá anotar, además, el número del registro del contribuyente en el organismo de que se trate.
- b) En el reverso, según sea el caso:
- ‘Cheque librado para el pago de contribuciones federales a cargo del contribuyente (nombre del contribuyente) con clave en el RFC. Para abono en cuenta bancaria de la Tesorería de la Federación’.
- Tratándose de contribuciones que administren las entidades federativas: ‘Cheque librado para el pago de contribuciones federales a cargo del contribuyente (nombre del contribuyente) con clave en el RFC. Para abono en cuenta bancaria de (nombre de la tesorería u órgano equivalente)’.
- Tratándose de aportaciones de seguridad social recaudadas por un organismo descentralizado: ‘Cheque librado para el pago de contribuciones federales a cargo del contribuyente (nombre del contribuyente) con clave en el RFC. Para abono en cuenta bancaria del (nombre del organismo)’.
Es necesario tener a la mano estas leyendas para utilizarlas en aquellos casos en que los impuestos se paguen mediante cheque.