Peso Bruto Vehicular en la carta de porte: Importantes confusiones técnicas

En el instructivo de llenado del Complemento Carta Porte (CCP) versión, el SAT indica que PesoBrutoVehicular (PBV) es la suma del peso vehicular y el peso de la carga, en el caso de vehículos de carga; o suma del peso vehicular y el peso de los pasajeros, equipaje y paquetería, en el caso de los vehículos destinados al servicio de pasajeros de acuerdo a la NOM-SCT-012-2017. Lo que se puede esquematizar de la siguiente manera:


Tipo de vehículo Valor PBV
Vehículos de carga Peso vehicular + Peso de la carga
Vehículos destinados al servicio de pasajeros Peso vehicular + Peso de pasajeros + Equipaje + Paquetería


Es importante resaltar que la definición de PBV que el SAT plasma en el Instructivo, es exactamente la misma definición contenida en la NOM-012-SCT-2-2017, punto 4.22:


4.22 Peso bruto vehicular: Suma del peso vehicular y el peso de la carga, en el caso de vehículos de carga; o suma del peso vehicular y el peso de los pasajeros, equipaje y paquetería, en el caso de los vehículos destinados al servicio de pasajeros.


Otro punto importante es que la NOM se fundamenta, entre otros ordenamientos, en el Reglamento sobre el Peso, Dimensiones y Capacidad de los Vehículos de Autotransporte que Transitan en los Caminos y Puentes de Jurisdicción Federal que, en su Artículo 2 (Definiciones), define:


PESO BRUTO VEHICULAR: Suma del peso vehicular y el peso de la carga, en el caso de vehículos de carga; o suma del peso vehicular y el peso de los pasajeros, equipaje y paquetería en el caso de vehículos destinados al servicio de pasajeros.


Como se puede apreciar, la definición de PBV es exactamente la misma en el Reglamento, como en la NOM, y en el Instructivo. Hasta este punto, la normatividad es coincidente y no existe contradicción.


Estándar técnico
El problema se presenta al atender a la “descripción” del atributo PesoBrutoVehicular contenida en el estándar técnico del CCP, la cual señala, a la letra:


PesoBrutoVehicular
Descripción: Atributo requerido para indicar en toneladas el peso bruto vehicular permitido del autotransporte de acuerdo a la NOM-SCT-012-2017 que es utilizado para realizar el traslado de los bienes y/o mercancías.


Si se observa con detenimiento, la descripción señala que el PBV se refiere al peso “permitido” en la NOM de referencia, de donde han surgido diversos cuestionamientos:

    • ¿Es el peso permitido para el camión en cuestión?, o sea, su peso considerando la carga máxima permitida por las especificaciones técnicas del camión.
    • ¿Es el peso permitido para el cambión en cuestión, según el camino por donde transite?, pues se debe tener presente que la NOM establece pesos máximos permitidos según el tipo de camino por el que se transite.


Entonces, se tiene que, por una parte, el estándar técnico hace referencia a un peso “permitido” el cual no se define con la necesaria precisión y, por otra parte, el Instructivo señala que se trata del peso de camión más el peso de la carga (en los términos descritos anteriormente).


Lógica
La lógica indica que el dato que debe interesarle a la autoridad es precisamente lo que pesan las unidades que hacen uso de la carpeta de rodamiento, para asegurar que se están respetando los pesos para los cuales dichas carpetas fueron diseñadas, y no necesariamente cuál es la máxima capacidad de carga del vehículo. Ese es un dato que no parece tener gran relevancia para la autoridad.


Adicional a lo anterior, si la autoridad quisiera conocer cuál es la capacidad máxima de carga del vehículo que, se reitera, pareciera un dato inútil para los propósitos de la autoridad, bien podría haber utilizado el concepto específico para ellos, el cual está plasmado tanto en el Reglamento como en la NOM, y que se denomina “Carga útil y peso útil”, que se define en ambos ordenamientos como: “Peso máximo de la carga que un vehículo puede transportar en condiciones de seguridad y para el cual fue diseñado por el fabricante o reconstructor”.


Estos análisis y consideraciones llevan a pensar que la autoridad ha buscado “reformar” el estándar técnico (que refiere al peso vehicular permitido) a través del Instructivo, para indicar que se debe informar el peso del vehículo más el de la carga en ese viaje.