Peso Bruto Vehicular en la carta de porte: Importantes confusiones técnicas
El 15 de enero de 2024 el Servicio de Administración Tributaria (SAT) da a conocer nuevos instructivos de llenado del Complemento Carta Porte (CCP) versión 3.0.
Valor de PBV
En el nuevo instructivo, el SAT indica que PesoBrutoVehicular es la suma del peso vehicular y el peso de la carga, en el caso de vehículos de carga; o suma del peso vehicular y el peso de los pasajeros, equipaje y paquetería, en el caso de los vehículos destinados al servicio de pasajeros de acuerdo a la NOM-SCT-012-2017. Lo que se puede esquematizar de la siguiente manera:
Tipo de vehículo | Valor PBV |
Vehículos de carga | Peso vehicular + Peso de la carga |
Vehículos destinados al servicio de pasajeros | Peso vehicular + Peso de pasajeros + Equipaje + Paquetería |
Es importante resaltar que la definición de PBV que el SAT plasma en el Instructivo, es exactamente la misma definición contenida en la NOM-012-SCT-2-2017, punto 4.22:
4.22 Peso bruto vehicular: Suma del peso vehicular y el peso de la carga, en el caso de vehículos de carga; o suma del peso vehicular y el peso de los pasajeros, equipaje y paquetería, en el caso de los vehículos destinados al servicio de pasajeros.
Otro punto importante es que la NOM se fundamenta, entre otros ordenamientos, en el Reglamento sobre el Peso, Dimensiones y Capacidad de los Vehículos de Autotransporte que Transitan en los Caminos y Puentes de Jurisdicción Federal que, en su Artículo 2 (Definiciones), define:
PESO BRUTO VEHICULAR: Suma del peso vehicular y el peso de la carga, en el caso de vehículos de carga; o suma del peso vehicular y el peso de los pasajeros, equipaje y paquetería en el caso de vehículos destinados al servicio de pasajeros.
Como se puede apreciar, la definición de PBV es exactamente la misma en el Reglamento, como en la NOM, y en el Instructivo. Hasta este punto, la normatividad es coincidente y no existe contradicción.
Estándar técnico
El problema se presenta al atender a la “descripción” del atributo PesoBrutoVehicular contenida en el estándar técnico del CCP, la cual señala, a la letra:
PesoBrutoVehicular
Descripción: Atributo requerido para indicar en toneladas el peso bruto vehicular permitido del autotransporte de acuerdo a la NOM-SCT-012-2017 que es utilizado para realizar el traslado de los bienes y/o mercancías.
Si se observa con detenimiento, la descripción señala que el PBV se refiere al peso “permitido” en la NOM de referencia, de donde han surgido diversos cuestionamientos:
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- ¿Es el peso permitido para el camión en cuestión?, o sea, su peso considerando la carga máxima permitida por las especificaciones técnicas del camión.
- ¿Es el peso permitido para el cambión en cuestión, según el camino por donde transite?, pues se debe tener presente que la NOM establece pesos máximos permitidos según el tipo de camino por el que se transite.
Entonces, se tiene que, por una parte, el estándar técnico hace referencia a un peso “permitido” el cual no se define con la necesaria precisión y, por otra parte, el Instructivo señala que se trata del peso de camión más el peso de la carga (en los términos descritos anteriormente).