Prórroga para la e.firma de personas física del RESICO

Uno de los requisitos para tributar en el nuevo Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) de personas físicas, es que estas personas cuenten con firma electrónica avanzada vigente (e.firma). Esto se establece en el Artículo 113-G, en su fracción II.


Como este régimen inició su vigencia en 2022, a través de artículos transitorios de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) se estableció un plazo hasta el 31 de diciembre de 2022 para que estos contribuyentes contaran con su e.firma.


Ahora, a través del Segundo Anteproyecto de la Novena Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022., dado a conocer el 31 de octubre de 2022, se extiende del 31 de diciembre de 2022 al 31 de marzo de 2023 el plazo para que estas personas físicas cuenten con su firma electrónica activa.


Esta es una buena medida dada la escasez de citas para realizar este tipo de trámites ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).