Reforma a Clasificación Programática: Modalidades para Ciencia y Medio Ambiente
Con fecha 13 de junio de 2025 se publica en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se reforma y adiciona la Clasificación Programática (Tipología General).
El Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC) ha aprobado una reforma sustancial a la Clasificación Programática (Tipología General) con el objetivo de adaptar la estructura presupuestaria a los nuevos retos de la gestión pública. Esta reforma, incorpora dos nuevas modalidades:
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- Q: Investigación y desarrollo
- V: Servicios de protección y conservación ambiental
Esta actualización responde a la necesidad de visibilizar funciones emergentes del Estado, orientadas a la innovación y la sostenibilidad ambiental, y a la vez, fortalecer la trazabilidad y eficiencia del gasto público.
Justificación normativa y contextual
La Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG), en sus Artículos 6, 7, 9, 14, 41 y 46, establece las bases para la armonización contable en todos los entes públicos del país. Dentro de este marco legal, la clasificación programática representa una herramienta esencial para asignar, monitorear y evaluar los recursos públicos en función del desempeño.
En este sentido, el acuerdo reforma el instrumento normativo emitido originalmente el 8 de agosto de 2013 y reconoce que las actividades públicas se han diversificado, especialmente en áreas como la producción de conocimiento y la protección de los recursos naturales, que hasta ahora no contaban con categorías programáticas adecuadas.
Nuevas modalidades presupuestarias
Las nuevas modalidades presupuestarias se explican a continuación.
Modalidad Q: Investigación y desarrollo
Esta categoría incluye actividades orientadas a:
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- Generación de conocimiento científico y técnico.
- Estudios técnicos y análisis de campo.
- Desarrollo e innovación tecnológica.
- Producción de censos y encuestas públicas.
El propósito es evitar que estas funciones se diluyan dentro de categorías genéricas, otorgándoles una identidad presupuestaria propia que refleje su relevancia estratégica en la formulación de políticas públicas basadas en evidencia.
Modalidad V: Servicios de protección y conservación ambiental
Esta nueva tipología comprende:
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- Conservación de ecosistemas y hábitats.
- Protección de especies prioritarias.
- Restauración ambiental y manejo de áreas naturales protegidas.
- Monitoreo y vigilancia ambiental.
La inclusión de esta modalidad busca alinear las finanzas públicas con el enfoque de economía verde y con los compromisos internacionales en materia climática y de biodiversidad.
Aplicación y obligaciones para los entes públicos
Las disposiciones del acuerdo son de observancia obligatoria para los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, tanto de la Federación como de las entidades federativas, municipios, órganos autónomos y entidades paraestatales. Se establece además que:
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- La nueva clasificación será utilizada a partir del Proyecto de Presupuesto de Egresos de 2026.
- Las entidades federativas deberán publicar el acuerdo en medios oficiales dentro de los 30 días hábiles siguientes.
- Los Consejos Estatales de Armonización Contable deberán remitir evidencia del cumplimiento a la Secretaría Técnica del CONAC en un plazo adicional de 15 días hábiles.
Implicaciones técnicas y estratégicas
Con la incorporación de estas modalidades, se busca mejorar:
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- La trazabilidad del gasto público, vinculándolo con resultados verificables.
- La visibilidad de funciones estratégicas como la innovación científica y la sostenibilidad ambiental.
- La capacidad de planeación, al permitir que programas clave sean evaluados como componentes diferenciados del presupuesto.
Este ajuste establece criterios comunes que buscan mejorar la comparabilidad y calidad de la información financiera pública en los tres niveles de gobierno.