Reitera SAT requisitos y obligaciones del RESICO de PF
A través de un comunicado de prensa fechado el 8 de enero de 2024, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) invita a las personas físicas a cumplir con sus obligaciones fiscales para seguir disfrutando de los beneficios del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), que incluyen:
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- Tasas reducidas para el impuesto sobre la renta (ISR), oscilando entre el 1% y 2.5%.
- Cálculo automático de impuestos, facilitando su determinación.
- Simplificación en la precarga de información en las declaraciones, para una mayor eficiencia.
- Consideración de ingresos y gastos solo al momento de su efectiva percepción o pago.
- Proceso ágil y sencillo para el pago del ISR.
- Exención del pago de ISR para aquellos dedicados exclusivamente a actividades del sector primario con ingresos anuales inferiores a 900 mil pesos, siempre y cuando emitan facturas a sus clientes.
Para acogerse o mantenerse en este régimen, las personas físicas deben:
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- Estar activas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
- Estar al corriente en sus obligaciones fiscales.
- No figurar en el listado del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.
- Realizar pagos provisionales y presentar la declaración anual.
- Tener ingresos efectivamente pagados por debajo de los 3.5 millones de pesos al año.
- Poseer e.firma y Buzón Tributario activos.
No podrán optar por este régimen las personas físicas que:
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- Residan en el extranjero y tengan establecimientos permanentes en México.
- Obtengan ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes.
- Perciban ingresos especificados en las fracciones III, IV, V y VI del artículo 94 de la Ley del ISR.
- Sean socios o accionistas de personas morales.
- Incumplan con los requisitos y obligaciones mencionados anteriormente.
El SAT reitera la importancia de cumplir con estas disposiciones para beneficiarse de las ventajas que ofrece el RESICO.
El comunicado de referencia puede consultarse en el siguiente enlace: Requisitos y obligaciones para personas físicas que busquen permanecer en el RESICO | Servicio de Administración Tributaria | Gobierno | gob.mx (www.gob.mx)