Revisa que cumplas con requisitos para la deducción de colegiaturas
La deducción de colegiaturas representa un beneficio fiscal relevante para las personas físicas en México, el cual permite disminuir la base gravable del Impuesto Sobre la Renta (ISR) mediante la deducción de los pagos realizados por servicios educativos. A diferencia de otras deducciones personales, esta figura no proviene directamente de una ley, sino de un decreto emitido por el Ejecutivo Federal, por lo que está sujeta a condiciones muy específicas.
Naturaleza jurídica del estímulo
El beneficio fiscal en cuestión se encuentra previsto vía decreto presidencial y no como una deducción estructural del Artículo 151 de la Ley del ISR. Por tanto, se trata de un estímulo condicionado, sujeto al cumplimiento riguroso de los lineamientos que se establecen en dicho decreto y en las disposiciones de carácter general emitidas por el SAT.
La deducción se limita a los servicios directamente relacionados con la enseñanza, sin incluir cuotas de inscripción, reinscripción u otros conceptos extracurriculares.
Límite anual deducible por nivel educativo
Los montos máximos deducibles por persona beneficiaria son los siguientes:
Nivel educativo | Límite anual deducible |
Preescolar | $14,200 |
Primaria | $12,900 |
Secundaria | $19,900 |
Profesional técnico | $17,100 |
Bachillerato o equivalente | $24,500 |
Estos montos no se actualizan anualmente por inflación y deben considerarse en términos nominales.
Personas por las que se puede aplicar la deducción
El estímulo puede aplicarse respecto de los pagos realizados para:
-
- El propio contribuyente
- Su cónyuge o concubina/o
- Ascendientes (padres, abuelos)
- Descendientes en línea recta (hijos, nietos), incluyendo adoptantes o adoptados
Restricción: La persona por la cual se realiza el pago no debe haber percibido ingresos superiores al salario mínimo anual vigente en el ejercicio fiscal correspondiente.
Requisitos de las instituciones educativas
Para que la deducción proceda, los pagos deben efectuarse a instituciones educativas privadas que cuenten con autorización o Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios (RVOE). La validez del RVOE puede verificarse a través del portal habilitado por el SAT:
Consulta de escuelas privadas con RVOE
Es importante contar con el RFC o la razón social de la institución (no su nombre comercial) para llevar a cabo esta verificación.
Requisitos del comprobante fiscal
El Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) que ampare el pago debe contener:
-
- Nombre del alumno
- CURP del alumno
- Nivel educativo
- Desglose de los servicios educativos aplicables a la enseñanza, con su valor unitario
- Conceptos exclusivamente relacionados con la enseñanza, diferenciados de otros cobros
- RFC del contribuyente que realiza el pago (cuando sea distinto del beneficiario)
La institución educativa está obligada a emitir el CFDI con este desglose, por lo que es recomendable solicitarlo de forma específica en el momento del pago.
Forma de pago y comprobación
Los pagos deben efectuarse mediante alguno de los siguientes medios:
-
- Cheque nominativo del contribuyente
- Transferencia electrónica
- Tarjeta de crédito, débito o servicios
El pago debe acreditarse como efectivamente realizado en el mismo ejercicio fiscal al que corresponda la deducción. No se admiten pagos en efectivo ni posteriores al cierre del ejercicio.
Limitaciones y exclusiones
Para aplicar el beneficio es necesario revisar las siguientes limitaciones y exclusiones.
-
- No es deducible el monto correspondiente a inscripciones, reinscripciones o conceptos ajenos a la enseñanza directa.
- Si el contribuyente recupera parte del pago (por ejemplo, por becas, devoluciones u otros apoyos), el estímulo únicamente aplica por la cantidad no recuperada.
- En caso de que el alumno reciba una beca pública u otro apoyo gubernamental, la deducción no aplica en el monto cubierto por dichos apoyos.
Recomendaciones prácticas
Quien desee tomar esta deducción deberá considera lo siguiente:
-
- Verifica la RVOE de la institución antes de realizar el pago.
- Solicita que el CFDI contenga todos los requisitos y desglose adecuadamente los servicios educativos.
- Evita incluir pagos por otros servicios como transporte, comedor, materiales o actividades extracurriculares.
- Conserva el comprobante de pago bancario junto con el CFDI como parte de tu expediente fiscal.
- Asegúrate de que la persona beneficiaria no haya excedido el ingreso anual permitido para mantener la deducibilidad.