SE 2024: ¿Puede un decreto del Ejecutivo derogar el SE 2013?
En seguimiento al tema del Subsidio al Empleo (SE) 2024 dado a conocer mediante decreto publicado el 1 de mayo de 2024 en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación, el cual deja una serie de dudas sobre su correcta aplicación, se destaca el tema de la incertidumbre sobre la convivencia del SE previsto en el Artículo Décimo del decreto de reforma a la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) publicado el 11 de diciembre de 2023.
Subsidio el Empleo 2024
Primeramente, es importante recapitular que en el decreto del SE 2024 se ofrece la alternativa para los patrones de reemplazar la tabla variable de subsidios establecida en 2013 (aplicable desde 2014), por una cuota fija mensual, que sería el 11.82% del valor mensual de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), aplicable uniformemente a trabajadores cuyos ingresos no excedan los $9,081.00 mensuales. Esto significa un SE a una cuota de $390 pesos para 2024.
Incertidumbre
Ahora bien, como se ha abordado en los artículos referidos, una de las dudas que deja la redacción de este nuevo decreto es si el SE 2013 continúa vigente o si este nuevo decreto de 2024 lo nulifica.
Al respecto, cabe recordar que el SE 2013 está regulado en el Artículo Décimo del Decreto de reforma a la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) publicado el 11 de diciembre de 2013. Este artículo contiene una tabla con cantidades de SE que varían según el rango de ingresos, pero esta tabla contiene un error en algunos de estos rangos. Para corregir esto, la autoridad emitió el “Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa’, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 2013, el cual corrige una falla que tiene la tabla del SE del Artículo Décimo referido. Esta corrección se estableció en la Regla 1.2 de ese decreto.
Ahora bien, a través del Segundo Transitorio de este nuevo decreto del SE 2024 se deroga la Regla 1.2. del ‘Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa’, pero esa arregla únicamente prevé la corrección a la tarifa, pero toda la mecánica del SE 2013 está prevista en el Artículo Décimo del decreto del 11 de diciembre de 2013, y este no ha sido derogado.
De lo anterior se desprende que ambos subsidios, tanto el de 2013 como el de 2024 se encuentran vigentes en la actualidad, independientemente de que la intención del Ejecutivo a través de este decreto haya sido eliminar el primero.
En esta deficiente técnica normativa (o legislativa) lleva a la confusión de no quedar claro cómo deberán proceder los contribuyentes.
Interpretaciones
Existe la postura de que el SE 2013 ya no debe aplicarse porque la “tarifa corregida” ha dejado de estar vigente, pero esto no sería argumento suficiente porque, como ya se ha indicado, la norma que da origen al SE 2013 es el Artículo Décimo Transitorio del 11 de diciembre de 2013, y este no ha sido derogado.
De aquí deriva otra interpretación en la que se indica que, entonces, para aplicar el SE 2013 se deberá aplicar la tabla “equivocada” (con la falla en los rangos) plasmada en dicho artículo transitorio; sin embargo, no se debe perder de vista que la tarifa de subsidio vigente es la que se encuentra en el Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF), la cual está vigente.
Norma del ejecutivo vs legislativo
Por otra parte, no se debe perder de vista que el Artículo Décimo Transitorio del 11 de diciembre de 2013, fue emitido a través del Congreso de la Unión a través de un proceso de creación de leyes; es decir, emana del Poder Legislativo, en uso de su facultad constitucional plasmada en el Artículo 73, fracción VII, facultad que no está prevista para el Ejecutivo.
Esto significa que dicho artículo no puede ser derogado mediante un decreto del Ejecutivo, como lo es este decreto del 1° de mayo de 2024, pues el referido Poder no tiene la facultad de derogar una disposición emanada del Legislativo.
Para eliminar el SE 2013, necesariamente se deberá hacer a través de una derogación resultante de un proceso legislativo.