Sí podrán utilizarse RFC genéricos en CFDI de Nóminas
Con la puesta en marcha de la versión 4.0 del CFDI, entran en operación una serie de nuevas validaciones que inciden en la manera en que estos gastos pueden ser comprobados.
Nuevo requisito
Uno de los nuevos requisitos del CFDI 4.0 con Complemento de Nómina, consiste en que la clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) del receptor debe encontrarse activo en la base de datos del Servicio de Administración Tributaria (SAT), haciendo parecer que no se puede utilizar un RFC genérico, provocando que el “Uso del CFDI” necesariamente sea “Sin efectos fiscales”, al que no se le pude adjuntar un Complemento de Nómina.
Casos de uso de RFC genéricos
Los RFC genéricos en el CFDI de nómina se utilizan en los siguientes casos:
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- Para trabajadores fallecidos
- Para trabajadores extranjeros sin residencia en México
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Esto es importante diferenciarlo para que no se interprete que para un trabajador que no cumple con ninguna de las condiciones anteriores se pueda emitir un CFDI con RFC genérico.
Validaciones
Esto es así, porque una de las validaciones contenidas en el Estándar del XML del Complemento de Nóminas, señala que “El atributo Comprobante.Receptor.Rfc debe estar en la lista de RFC inscritos no cancelados en el SAT (l_RFC)”, lo que lleva a pensar que los RFC genéricos no pueden ser utilizados para emitir un comprobante de nómina.
Cabe recordar que los RFC genéricos previstos por la normatividad fiscal son los siguientes:
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- XAXX010101000 (Para receptores nacionales)
- XEXX010101000 (Para receptores extranjeros)
Lineamientos
Ahora bien, no obstante estas aparentes limitantes, en la práctica resulta posible utilizar estas claves genéricas para la emisión de comprobantes de nómina, siempre que se sigan los lineamientos correspondientes.
Esto es así ya que, no obstante que la validación del RFC del receptor indica que debe ser uno de la ‘Lista de RFC inscritos no cancelados’, el sistema de validaciones contempla otra validación en la que sí se acepta el uso de los RFC genéricos, ya sea de un receptor nacional o de uno extranjero, según sea el caso.
El requisito para utilizar la clave de RFC genérico en el CFDI, es que en el complemento de nómina, en el dato de la Clave Única de Registro de Población (CURP) del trabajador, se utilicen las siguientes claves:
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- Para trabajadores mexicanos: La CURP del trabajador asignada por el Registro Nacional de Población (RENAPO)
- Para trabajadores extranjeros: Las siguientes CURP genéricas:
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- XEXX010101HNEXXXA4 (Hombre)
- XEXX010101MNEXXXA8 (Mujer)
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Adicionalmente, en el Régimen Fiscal del campo “Receptor” del CFDI, se debe utilizar la clave ‘605 – Sueldos y salarios’, aun cuando se tenga registrado el RFC genérico, el cual no tiene un régimen asignado; sin embargo, así lo exige la Guía de Llenado.
Revisión de sistemas
Por lo anterior, es importante revisar los sistemas de nómina al momento de utilizar claves genéricas de RFC para los receptores, pues sí será posible desde el punto de vista técnico, pero deben aplicarse estos lineamientos para que el comprobante pueda ser timbrado.