Tilda Corte de ilegales cobros en Aguascalientes

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha declarado la invalidez de diversas disposiciones contenidas en la Ley de Ingresos del Estado de Aguascalientes y de varios municipios para el ejercicio fiscal 2024. Los artículos anulados preveían cobros por ciertos servicios, los cuales fueron considerados inconstitucionales por la Corte:

  1. Cobros por expedición de copias derivadas de solicitudes de acceso a la información: Las disposiciones que establecían tarifas por la expedición de copias simples y certificadas en el Estado de Aguascalientes, así como en los municipios de El Llano y Jesús María, fueron declaradas inválidas. La SCJN determinó que el legislador local no justificó adecuadamente los costos de los materiales utilizados, lo que contraviene el principio de gratuidad en el derecho de acceso a la información pública.

  2. Cobros por servicios de búsqueda y expedición de documentos no relacionados con el derecho de acceso a la información: En cuanto a los cobros por búsqueda de información y la expedición de copias certificadas o certificaciones de documentos no vinculados con solicitudes de acceso a la información, la Corte declaró su inconstitucionalidad en el Estado de Aguascalientes y en los municipios de Aguascalientes, Asientos, Calvillo, Jesús María, Pabellón de Arteaga, Rincón de Romos, San Francisco de los Romo, San José de Gracia y Tepezalá. Se consideró que dichas tarifas violaban el principio de proporcionalidad tributaria, pues no guardaban una relación razonable con el costo real del servicio, además de que la búsqueda de documentos no genera un gasto adicional para las entidades.


Exhorto al Congreso y municipios involucrados
La SCJN exhortó al Congreso del Estado de Aguascalientes a evitar emitir disposiciones futuras que repitan los mismos vicios de inconstitucionalidad. Los efectos de la resolución serán efectivos a partir de la notificación oficial de los puntos resolutivos a dicho órgano legislativo, así como a los municipios implicados.


Así lo ha informado la Corte a través de comunicado de prensa número 333 / 2024, fechado el 15 de octubre de 2024, que se reproduce a continuación.


No. 333/2024


Ciudad de México, a 15 de octubre de 2024


INVALIDA LA CORTE DISPOSICIONES DE LA LEY DE INGRESOS DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES, ASÍ COMO LAS DE DIVERSOS MUNICIPIOS DE LA ENTIDAD, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2024

  • Violaban los principios de gratuidad del acceso a la información, así como los de proporcionalidad y equidad tributarias


El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (La Corte) invalidó disposiciones de la Ley de Ingresos del Estado de Aguascalientes, así como las de diversos municipios de la entidad, para el ejercicio fiscal 2024, en las que se preveían cobros por los siguientes conceptos:


1)            Expedición de copias simples y certificadas, derivadas de solicitudes de acceso a la información. Estado de Aguascalientes, así como Municipios de El Llano y Jesús María.


El legislador local no justificó de manera objetiva y razonable el costo de los materiales utilizados para su reproducción, lo cual violó el principio de gratuidad que rige en el derecho de acceso a la información.


2)            Servicios de búsqueda de información y expedición de copias simples, certificadas y certificaciones de documentos, no relacionados con el derecho de acceso a la información. Estado de Aguascalientes, así como Municipios de Aguascalientes, Asientos, Calvillo, Jesús María, Pabellón de Arteaga, Rincón de Romos, San Francisco de los Romo, San José de Gracia y Tepezalá.


Las disposiciones violaban el principio de proporcionalidad tributaria, ya que las tarifas no guardaban una relación razonable con el costo que implica la prestación del servicio, además de que la búsqueda de documentos no genera un costo adicional para el estado y los municipios.


Finalmente, el Pleno exhortó al Congreso de la entidad para que en el futuro se abstenga de emitir normas que presenten los mismos vicios de inconstitucionalidad. Los efectos de la resolución se surtirán a la notificación de sus puntos resolutivos a dicho órgano legislativo. Además, la notificación deberá efectuarse a los municipios involucrados.


Acción de inconstitucionalidad 39/2024, promovida por el Poder Ejecutivo Federal, demandando la invalidez de la Ley de Ingresos del Estado de Aguascalientes, así como de Leyes de Ingresos de diversos municipios de dicha entidad, todas para el ejercicio fiscal 2024, publicadas en el Periódico Oficial local del 29 de diciembre de 2023. Ponente: Ministra Yasmín Esquivel Mossa. Secretarios: Mauricio Tapia Maltos y Rodrigo Arturo Cuevas y Medina.