Ya se conoce la inflación de 2024: ¿Habrá actualización tarifas de ISR en 2025?

La Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) prevé que las tarifas que se aplican en el cálculo del impuesto de las personas físicas se actualicen de conformidad con el aumento inflacionario cuando ésta rebase del 10% desde la última vez que hubiera sido actualizada.


Actualización
Al respecto, el Artículo 152 de la Ley en su último párrafo señala:


Cuando la inflación observada acumulada desde el último mes que se utilizó en el cálculo de la última actualización de las cantidades establecidas en moneda nacional de las tarifas contenidas en este artículo y en el artículo 96 de esta Ley, exceda del 10%, dichas cantidades se actualizarán por el periodo comprendido desde el último mes que se utilizó en el cálculo de la última actualización y hasta el último mes del ejercicio en el que se exceda el porcentaje citado. Para estos efectos, se aplicará el factor de actualización que resulte de dividir el Índice Nacional de Precios al Consumidor del mes inmediato anterior al más reciente del periodo, entre el Índice Nacional de Precios al Consumidor correspondiente al último mes que se utilizó en el cálculo de la última actualización. Dicha actualización entrará en vigor a partir del 1 de enero del ejercicio siguiente en el que se haya presentado el mencionado incremento.


La última vez que estas tarifas fueron actualizadas al mes de noviembre de 2022, para entrar en vigor el 1 de enero de 2023.


Inflación acumulada
Partiendo del mes de noviembre de 2022 y hasta diciembre de 2024, la inflación acumulada alcanza un monto de 9.49%, lo que significa que restaría un 0.51% para alcanzar el parámetro del 10% que detonaría la obligación de actualizar las tarifas de impuesto para aplicarse a partir del 1 de enero de 2025.


La inflación de 9.49% resulta de dividir el INPC de diciembre de 2024 (137.949) entre el INPC de noviembre de 2022 (125.997):

INPC de octubre 2024 136.828
/ INPC de noviembre 2022 125.997
= Factor 1.0949
Unidad 1.0000
= Variación 0.0949
x Expresión porcentual 100
= Inflación 9.49%


La razón por la que se utiliza el INPC de noviembre de 2022 es porque ese fue el último INPC utilizado para actualizar las tarifas, como se indica textualmente en la porción normativa citada anteriormente.


Se debe tener presente que una actualización de tarifas incide únicamente en los límites de los rangos, no en las tasas de los impuestos. Esto significa que el impacto en el bolsillo del contribuyente se traduce en una disminución del impuesto, o puesto de otra forma, un incremento en el ingreso neto a percibir.


Problemática potencial de fin de año
Esta situación saca a relicer algo que no está previsto en la Ley, y que puede resultar en un problema práctico: Que la inflación del mes de diciembre se da a conocer hasta el 10 de enero de 2025, lo que genera que, si se llegara a dar el supuesto de actualización de tarifas, dicha actualización no podría darse a conocer sino hasta a partir de esa fecha, cuando a este punto ya se habrían realizado pagos de nómina con una tarifa anterior, que no es la que aplica en 2025.


Es claro que se puede realizar el ajuste a favor de los trabajadores en las siguientes nóminas, pero no deja de ser una importante consideración administrativa.


Detonante de actualización
A través de este análisis resulta evidente que probablemente con la inflación registrada en los primeros dos meses de 2025 se alcance el parámetro inflacionario de 10%, lo que implicaría que las tarifas se actualizarán para el año 2026, con la inflación acumulada desde noviembre de 2022 hasta diciembre de 2025.