Carta de porte: Datos mínimos requeridos por el cliente y el transportista
Con la reciente actualización del Instructivo de llenado del CFDI al que se le incorpora el complemento Carta Porte, para el Autotransporte, a enero de 2023, se incorpora un Apéndice 3 que contiene los datos mínimos requeridos proporcionados por el cliente y el transportista.
De acuerdo con este apéndice, los datos mínimos requeridos que debe proporcionar el cliente y el transportista por cada medio de transporte, deberán ser registrados en el complemento Carta Porte, de la siguiente manera:
N° | Información proporcionada por el cliente |
Carta Porte | |
1 | Transporte internacional |
Ubicación | |
2 | Origen |
3 | RFC remitente |
Domicilio | |
4 | Estado |
5 | País |
6 | CP |
Ubicación | |
7 | Destino |
8 | RFC destinatario |
Domicilio | |
9 | Estado |
10 | País |
11 | CP |
Mercancias | |
12 | Peso Bruto Total |
13 | Unidad de peso |
14 | Número total de mercancías |
Mercancia | |
15 | Bienes transportados |
16 | Descripción (de la mercancía) |
17 | Cantidad |
18 | Clave unidad |
19 | Peso en kilogramos |
Material Peligroso* | |
Clave Material Peligroso* | |
Embalaje* | |
Descripción Embalaje* |
* Campos obligatorios
En el Apéndice se establece que tanto quien contrate el servicio de transporte de bienes y/o mercancías como quien lo preste, serán responsables ante la autoridad competente cuando esta detecte alguna irregularidad en los datos registrados en el complemento Carta Porte, dicha responsabilidad se limitará a los datos que proporcione cada una de las partes involucradas en la expedición del comprobante fiscal conforme al listado antes señalado.