Nuevo estándar de Complemento de Plataformas Tecnológicas 1.0 Rev D

Con fecha 09 de abril de 2025 el SAT da a conocer una nueva revisión, la “D”, de la versión 1.0 del Complemento de Plataformas Tecnológicas de la Constancia de Retenciones e Información de Pagos (CRIP).

  1. Introducción
    El 9 de abril de 2025, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó una nueva revisión del complemento de Plataformas Tecnológicas, identificado como “1.0 Rev D”, dentro del esquema de la Constancia de Retenciones e Información de Pagos (CRIP). Este documento técnico, crucial para el cumplimiento fiscal en la economía digital, incorpora ajustes normativos y técnicos orientados a mejorar la precisión en el tratamiento de retenciones de ISR e IVA, así como a homogeneizar las estructuras de datosutilizadas en la emisión de comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI).


Este artículo analiza a profundidad las modificaciones introducidas en esta revisión, contextualizándolas dentro del marco normativo vigente, evaluando su impacto en los contribuyentes y proveedores de tecnología, y proponiendo recomendaciones para su correcta implementación.

  1. Antecedentes normativos
    El complemento de Plataformas Tecnológicastiene como objetivo declarar las retenciones que las plataformas efectúan a las personas físicas que prestan servicios o enajenan bienes a través de ellas, en cumplimiento con el Artículo 113-A de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR)y el Artículo 18-J de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA). Desde su adopción en 2020, el complemento ha experimentado diversas actualizaciones para reflejar cambios legislativos y facilitar su interoperabilidad técnica.


La Revisión D mantiene la estructura de la versión 1.0, pero introduce ajustes relevantes tanto en el estándar técnico como en la matriz de errores, los cuales serán explicados a continuación.

  1. Cambios en el estándar técnico del Complemento
    El estándar técnico del Complemento presenta los siguientes cambios:

3.1 Actualización del atributo “ImpuestoRet”
Se modifican los valores del atributo ImpuestoRet de dos a tres dígitos:

    • ISR: de 01 a 001
    • IVA: de 02 a 002


Este ajuste tiene como finalidad alinear el complemento con el resto de los estándares del CFDI 4.0, en los que los códigos de impuestos están definidos con tres dígitos. La uniformidad en la codificación favorece la interoperabilidad con otros sistemas y validadores automatizados del SAT, además de reducir errores en el procesamiento de la información.


Los proveedores de plataformas deberán actualizar sus sistemas de generación de CRIP para reflejar los nuevos códigos. La omisión de esta actualización podría resultar en errores de validación en los comprobantes emitidos a partir de la entrada en vigor de esta revisión.


3.2 Ajuste en la fórmula de cálculo del atributo “MontoRet”
Se modifica la forma de calcular el monto a retener a colocar en el atributo “MontoRet” en lo referente al Impuesto al Valor Agregado (IVA).

  • Texto anterior:
    “se debe calcular multiplicando el valor registrado en el atributo ‘BaseRet’ por el 50%”
  • Texto nuevo:
    “debe corresponder al 50% o 100% del valor registrado en ‘BaseRet’”


Esta modificación flexibiliza la fórmula de retención del IVA, reconociendo que existen supuestos en los que las plataformas deben retener el 100% del impuesto. Esto se vincula directamente con lo establecido en la Regla 12.3.12 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, que permite aplicar retenciones diferenciadas dependiendo del régimen fiscal del prestador del servicio y el tipo de operación, como pueden ser casos como:

  • Retención del 50% del IVA: Aplicable generalmente a personas físicas con actividades empresariales que tributan conforme al régimen de plataformas tecnológicas.
  • Retención del 100% del IVA: Aplicable cuando el prestador del servicio no proporciona su RFC válido o cuando no está inscrito en el RFC.
  • Retención del 100% del IVA: Cuando los pagos se realicen a una cuenta bancaria en el extranjero.
  1. Cambios en la matriz de errores
    En lo referente a la matriz de errores, las validaciones son sujetas de las siguientes modificaciones.

4.1 Validación del atributo “MontoRet”

  • Versión anterior:
    La retención del IVA (valor 02) debía ser del 50% de BaseRet, siempre que el RFC no fuera “XAXX010101000”.
  • Versión nueva:
    Ahora se permite que el valor de MontoRet sea del 50% o del 100% de BaseRet, si el impuesto es “002” (IVA) y el RFC es distinto de “XAXX010101000”.


Este cambio es una extensión lógica del ajuste explicado en el punto 3.2. La validación automatizada se vuelve más precisa al aceptar ambas proporciones posibles de retención. Asimismo, el uso del RFC genérico “XAXX010101000” sigue siendo clave para identificar contribuyentes sin RFC válido, lo que permite aplicar la retención completa del impuesto, conforme a los ejemplos presentados anteriormente.


4.2 Validación del atributo “TotalIVARetenido”
Se corrige la referencia al atributo ‘Impuesto’ por ‘ImpuestoRet’, para efectos de coherencia.

  1. Consideraciones para la implementación
    Al implementar estos cambios, es necesario realizar las siguientes consideraciones.

5.1 Aspectos técnicos
Los proveedores de servicios tecnológicos deben actualizar sus sistemas de emisión de CFDI con complemento de plataformas tecnológicas para reflejar los nuevos códigos de impuesto.


Se deben modificar las reglas de validación internas para aceptar tanto el 50% como el 100% del valor de BaseRet en el caso del IVA retenido.


5.2 Aspectos legales y fiscales
Las plataformas tecnológicas deben documentar adecuadamente los casos en los que retienen el 100% del IVA, conservando la evidencia de que el prestador no proporcionó su RFC o incurrió en otro supuesto establecido en la normativa.


Es recomendable que los contribuyentes revisen su situación fiscal para evitar retenciones indebidas al 100% por omisiones en su inscripción o actualización de datos ante el RFC.