Suspensión judicial detiene parcialmente obligatoriedad de CURP biométrica
En julio de 2025, se publicó una reforma a la Ley General de Población (LGP) que establece una nueva versión de la CURP biométrica, que incluirá huellas dactilares y fotografía, y será el documento nacional de identificación obligatorio (físico y digital).
Aunque la ley exige que la nueva CURP biométrica requiera la autorización previa de la persona, plantea que sin ella el ciudadano no puede obtener dicha versión de la CURP, limitando así su acceso funcional como identificación obligatoria.
Esto contrasta con declaraciones de la presidenta Claudia Sheinbaum, quien ha insistido en que la participación será voluntaria y busca fines como apoyar en la búsqueda de personas desaparecidas.
La suspensión judicial
El 26 de agosto de 2025, el juez Oswaldo Rivera González, titular del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa, concedió una suspensión provisional en favor de dos ciudadanos, Víctor Manuel Carrillo Solís y Alejandro García Lumbreras. La medida impide que, por el momento, se les obligue a proporcionar sus datos biométricos para obtener la nueva CURP, mientras se resuelve de fondo el juicio de amparo promovido por los quejosos.
En su resolución, el juez argumentó que la entrega de datos biométricos podía representar un daño irreparable, pues una vez que esa información se encuentra en manos del Estado resulta imposible revertir sus efectos en caso de que la reforma fuese declarada inconstitucional. Precisó además que la suspensión provisional no generaba un perjuicio irreversible para las autoridades, ya que detener temporalmente la obligación de recabar datos biométricos era una medida reversible que permitía garantizar los derechos de los ciudadanos mientras el proceso judicial seguía su curso.
El caso continuará avanzando en los tribunales, y será el próximo 1 de septiembre de 2025 cuando el juez decida si concede la suspensión definitiva, lo que otorgaría protección a los quejosos durante todo el litigio. Más allá de esa fecha, el debate de fondo sobre la constitucionalidad de la CURP biométrica está destinado a llegar a instancias superiores, primero ante un tribunal colegiado y, eventualmente, a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que tendrá la última palabra en este asunto.
Repercusiones e impacto
Este fallo marca la primera suspensión judicial contra la implementación obligatoria de la CURP biométrica, aunque medios como Match Informa señalan que, en Hidalgo, una juez otorgó incluso una suspensión definitiva el 15 de agosto, en el marco del juicio de amparo 1720/2025 promovido por el colectivo “Abogados por la Verdad México”.
Este tipo de resoluciones ponen el foco en debates más amplios sobre:
- La posible creación de un sistema de vigilancia estatal masiva a partir de bases de datos biométricas interconectadas.
- Riesgos de exclusión social o discriminación, especialmente para personas que no puedan o decidan no proporcionar datos biométricos (adultos mayores, población trans, personas con discapacidad).
Situación operativa del gobierno
A pesar del litigio, el RENAPO, encabezado por Arturo Arce Vargas, avanzó con un plan para enviar la CURP biométrica —en formato imprimible con medidas de seguridad— por correo electrónico a quienes ya se registraron, estimando que esto iniciará a mediados de octubre.






