Cómo emitir un CFDI por la venta de un activo fijo

Consideran ingresos acumulables, entre otros, la “ganancia derivada de la enajenación de activos fijos y terrenos”, de lo que se entiende que el ingreso acumulable no es la contraprestación por la enajenación, sino únicamente la ganancia (ingreso disminuido del monto pendiente por depreciar actualizado).


Este tratamiento ocasiones algunas problemáticas en la práctica al momento de que la autoridad procesa la información contenida en los comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI), puesto que en los comprobantes consta la totalidad de la contraprestación dando la impresión de que ese es el monto del ingreso acumulable, cuando, como se ha indicado, esto no es así.


A través de la Tercera Reunión Trimestral 2023 con las Coordinaciones Nacionales de Síndicos del Contribuyente, se plantea a la autoridad esta problemática indicándole que en el Programa de Vigilancia Profunda y en algunas invitaciones, pretende que el contribuyente acumule el total del CFDI dentro del pago provisional y no solamente la ganancia acumulable correspondiente, y, por ello, se le solicita que se agregue al comprobante una adenda para señalar, dentro de esta, la deducción que corresponde al costo pendiente de depreciar, de manera que pueda verse con claridad la ganancia acumulable.


Al respecto, la autoridad responde que esto no es necesario, ya que, en el ejercicio de facultades de comprobación, no se considera que exista un problema, hasta en tanto los contribuyentes tengan el soporte documental que acredite la determinación de la ganancia acumulable respectiva para pagos provisionales y del ejercicio en materia del ISR.


En este contexto, es importante precisar que, en el ejercicio de facultades de comprobación en las operaciones de enajenación de activos, se deberá exhibir la información y documentación de la operación, así como demostrar su debido registro contable, ello con independencia de la existencia o no de la adenda.


En resumen, la autoridad indica que el CFDI que se expida por la venta de un activo, se debe emitir de manera ordinaria reflejando el monto total del ingreso por la venta, y que no es necesario incluir ningún dato en el que se precise el costo del bien que se va a deducir para determinar la ganancia. En este mismo sentido se indica que el contribuyente debe conservar los papeles de trabajo y demás documentación que demuestren la correcta determinación de la ganancia.