Cuáles CFDI considera el SAT para el prellenado del pago provisional de PM
La mecánica del prellenado de la declaración de pagos provisionales del Impuesto sobre la Renta (ISR) de las personas morales continúa generando dudas entre los contribuyentes, al no tener la certeza de qué información considera la autoridad para estos efectos.
En este sentido, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) precisa, a través de diversos medios, inclusive en el mismo formato de declaración, que la aplicación está diseñada para precargar la información de los comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI), de acuerdo a lo siguiente:
Para efectos del ISR Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) personas morales:
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- La declaración está prellenada con la información de los CFDI tipo ingreso (I) y Pago (P), emitidos por el contribuyente con método de pago “Pago en una sola exhibición (PUE)”.
- Vigentes emitidos por el periodo al que corresponde el pago.
- Con fecha de emisión que corresponda al periodo que declara.
Para efectos del ISR Régimen General personas morales:
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- La declaración está prellenada con la información de los CFDI tipo ingreso (I), emitidos por el contribuyente con método de pago “Pago en una sola exhibición (PUE)” y “Pago en parcialidades o diferido (PPD)”.
- Vigentes emitidos por el periodo al que corresponde el pago.
- Con fecha de emisión que corresponda al periodo que declara.
Para efectos del ISR de las sociedades y asociaciones civiles:
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- La declaración está prellenada con la información de los CFDI tipo ingreso (I), emitidos por el contribuyente con método de pago “Pago en una sola exhibición (PUE)”.
- Vigentes emitidos por el periodo al que corresponde el pago.
- Con fecha de emisión que corresponda al periodo que declara.
No obstante, la declaración cuenta con las opciones de disminuir o adicionar ingresos atendiendo a las preguntas ¿Tienes ingresos a disminuir? o en su caso ¿Tienes ingresos adicionales?
En razón de lo anterior, el contribuyente puede adicionar o disminuir los ingresos prellenados, seleccionando “Si” a las preguntas antes mencionadas.






