Se da a conocer los centros de fomento económico para el bienestar
Con fecha 7 de julio de 2025 se publica en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se determina la organización, funcionamiento y circunscripción de los Centros de Fomento Económico para el Bienestar en las Entidades Federativas, de la Secretaría de Economía. A través de este instrumento, la Secretaría de Economía formaliza la transición de las Oficinas de Representación hacia una nueva estructura institucional: los Centros de Fomento Económico para el Bienestar (CFE-Bienestar), con un enfoque de impulso territorial alineado a los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo y los Polos de Desarrollo Económico para el Bienestar.
Contexto normativo y antecedentes
El presente Acuerdo se inscribe en un proceso de reestructuración institucional iniciado con la reforma al Reglamento Interior de la Secretaría de Economía (RISE) publicada el 14 de marzo de 2025. En dicha reforma se derogó la figura de las Oficinas de Representación para dar paso a los CFE-Bienestar, adscritos a la nueva Dirección General de Coordinación Territorial.
Esta transformación va más allá de lo nominal, ya que está alineada al Plan México y al Plan Nacional de Desarrollo 2025, particularmente a su Eje Transversal 2 (Transformación institucional) y la Estrategia T2.2.5, que promueve la eficiencia en la atención ciudadana mediante la integración de centros de atención públicos.
Objeto y alcance del Acuerdo
El Acuerdo tiene por objeto establecer la organización, funcionamiento y circunscripción territorial de los CFE-Bienestar en las 32 entidades federativas, creando una red nacional de representación territorial con 35 centros operativos.
Cada Centro estará a cargo de una persona representante y contará con el personal necesario para atender las necesidades del servicio. Estos centros operarán conforme a los lineamientos emitidos por la Dirección General de Coordinación Territorial, los cuales deberán ser expedidos en un plazo de seis meses.
Distribución geográfica y circunscripción territorial
El Artículo 4 del Acuerdo lista de forma explícita los 35 Centros y sus sedes. Estos incluyen ubicaciones estratégicas en capitales estatales y zonas con importancia económica o logística, como Ciudad Juárez, Salina Cruz, Reynosa o Cancún.
El Artículo 5 establece las circunscripciones territoriales, que en general corresponden al municipio de la sede, con excepciones notables, como:
- Toluca de Lerdo: abarca todo el Estado de México excepto 19 municipios clave del área metropolitana de la CDMX, los cuales son atendidos por las unidades centrales.
- Ciudad Juárez y Nuevo Laredo: atienden exclusivamente las regiones fronterizas conforme al artículo 136 de la Ley Aduanera.
- Salina Cruz y Cajeme: agrupan varios municipios del Istmo de Tehuantepec (Oaxaca) y del sur de Sonora, respectivamente.
La norma permite que los Centros atiendan asuntos de otros municipios dentro de su entidad cuando las necesidades del servicio así lo justifiquen.
Atribuciones específicas
Además de las funciones previstas en el artículo 67 del RISE, los Centros tienen atribuciones adicionales orientadas a:
- Difusión de instrumentos y servicios de la Secretaría de Economía.
- Levantamiento de precios y tarifas de productos y servicios básicos.
- Asistencia a PYMES y promoción del Registro Público de Comercio.
- Coordinación operativa con unidades centrales para diligencias en comercio exterior u otras áreas.
Todas las funciones deberán ejecutarse conforme a los lineamientos e instrucciones de la Dirección General.
Funciones clave de los CFE-Bienestar
Los Centros de Fomento Económico para el Bienestar (CFE-Bienestar) sirven como órganos desconcentrados de la Secretaría de Economía en las entidades federativas. Su función principal es acercar los servicios, programas e instrumentos de política económica del Gobierno Federal a nivel local, promoviendo el desarrollo económico regional con un enfoque territorial y socialmente incluyente.
- Impulsar el desarrollo económico local: Promueven la producción y el consumo de productos nacionales, fortaleciendo cadenas de valor regionales y fomentando la industrialización local alineada con programas como los Polos de Desarrollo para el Bienestar.
- Asistencia a PYMES y emprendedores: Orientan a las micro, pequeñas y medianas empresas sobre trámites, servicios y apoyos disponibles, ayudando a que estas accedan a financiamiento, capacitación, certificaciones, innovación tecnológica y apertura de mercados.
- Recopilación de información económica regional: Levantan precios y tarifas de productos básicos y servicios esenciales, generando datos útiles para la toma de decisiones públicas y el monitoreo de mercados locales.
- Difusión del Registro Público de Comercio: Informan y promueven el uso del RPC para fortalecer la formalización y transparencia empresarial en las regiones.
- Ejecución de diligencias administrativas: Pueden llevar a cabo visitas en materia de comercio exterior y otras diligencias en nombre de las unidades administrativas centrales, previa autorización.
- Desconcentración operativa de la Secretaría de Economía: Permiten que trámites, gestiones y servicios de competencia federal se atiendan directamente en los estados, sin necesidad de acudir a oficinas en la Ciudad de México.
Régimen transitorio
El Acuerdo entra en vigor el 8 de julio de 2025, abrogando así el Acuerdo del 13 de marzo de 2023 sobre las Oficinas de Representación.
Los lineamientos operativos deberán emitirse dentro de los siguientes seis meses, plazo en el que deberá publicarse un nuevo Acuerdo que establezca los domicilios oficiales de los Centros.






