Vence plazo para Programa de Regularización de Créditos Fiscales 2025
El 30 de septiembre de 2025 concluye el plazo para que las personas físicas y morales interesadas presenten la solicitud para acogerse al Programa de Regularización de Créditos Fiscales 2025, previsto en el Trigésimo Cuarto Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación (LIF). Este programa representa una de las medidas más relevantes del paquete económico, al ofrecer un estímulo fiscal que condona multas, recargos y gastos de ejecución a quienes cumplan con las condiciones establecidas.
La reforma a la Regla 9.22 de la Resolución Miscelánea Fiscal juega un papel central en la operatividad de este estímulo, ya que modifica de forma sustancial el procedimiento para su aplicación.
Contenido del Programa de Regularización Fiscal 2025
El beneficio está dirigido a contribuyentes con ingresos totales que no excedan 35 millones de pesos en el ejercicio fiscal correspondiente, conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta. Sus principales características son:
- Cobertura del estímulo:
- Multas fiscales, aduaneras y de comercio exterior.
- Recargos y gastos de ejecución sobre contribuciones federales y cuotas compensatorias.
- Exclusiones:
- Créditos fiscales remitidos para cobro por el SAT.
- Pagos en especie o mediante compensación.
- Contribuyentes con sentencia firme por delitos fiscales.
- Contribuyentes listados en los Artículos 69-B y 69-B Bis del Código Fiscal de la Federación.
- Supuestos de aplicación:
- Regularización de contribuciones omitidas de 2023 o anteriores, con pago en una sola exhibición antes del 31 de diciembre de 2025.
- Autocorrección durante facultades de comprobación.
- Liquidación en una sola exhibición de saldos pendientes autorizados en plazos al 1 de enero de 2025.
- Créditos fiscales firmes no impugnados o desistidos de medios de defensa.
- Beneficios complementarios:
- Condonación del 100% de multas, recargos y gastos de ejecución.
- Suspensión del procedimiento administrativo de ejecución.
- Posibilidad de pago en hasta seis parcialidades para créditos fiscales firmes, siempre que no exista concurso mercantil ni quiebra.
Relación con la Regla 9.22 reformada
La versión original de la Regla 9.22 obligaba a los contribuyentes a solicitar el estímulo mediante un trámite de aclaración en el Portal del SAT, requiriendo línea de captura y un plazo de espera de 48 horas para reflejar el pago. Esto suponía un proceso complejo y bifásico.
Con la reforma a la Regla 9.22., el estímulo se aplica directamente en la declaración:
- Al presentar la declaración, se activa la opción “¿Desea aplicar algún estímulo fiscal?”, donde se selecciona “Estímulo de regularización fiscal”.
- El contribuyente captura el monto determinado en papeles de trabajo y concluye el envío en una sola operación.
Este cambio agiliza el acceso al beneficio, elimina la duplicidad de trámites y facilita que el programa se ejecute de manera uniforme antes de la fecha límite del 30 de septiembre de 2025 para presentar la solicitud.






