Clave errónea de productos y servicios en CFDI: Consecuencias

Desde el 1 de julio 2018, la autoridad fiscal estableció que los errores en la clave de unidad de medida, la clave de producto o un servicio o la unidad de medida, en la emisión de comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI), son considerados infracción.

Sobre este punto, en la pregunta frecuente número 13 del documento Preguntas Frecuentes sobre CFID 3.3 que publica la autoridad en su página de Internet, se precisa qué se debe hacer en caso de error. La pregunta se reproduce a continuación:

¿Qué sucede si clasifico de manera errónea en el CFDI la clave de los productos o servicios?

En caso de que se asigne ‘erróneamente’ la clave del producto o servicio se debe reexpedir la factura para corregirlo.

Para clasificar los productos y servicios que se facturan, debe consultar el Apéndice 3 del Anexo 20 Guía de llenado de los comprobantes fiscales digitales por Internet versión 3.3, publicada en el Portal del SAT, y puede utilizarse la herramienta de clasificación publicada en el mismo Portal.

Fundamento Legal: Apéndice 3 Clasificación de Productos y Servicios del Anexo 20 Guía de llenado de los comprobantes fiscales digitales por internet versión 3.3, publicada en el Portal del SAT.

En este entendido, si el contribuyente se equivoca en la “clave de unidad de medida” o en la “clave de producto o servicio”, se considerará infracción, y en caso de ejercicio de facultades de comprobación o en solicitudes de devolución este hecho puede generar rechazos por parte de la autoridad.

Por lo anterior, es muy importante que los contribuyentes revisen bien tanto los comprobantes que expiden como los que reciben, y que establezcan parámetros de razonabilidad de los datos, ya que no existen elementos objetivos para definir cuándo unos de estos datos está equivocado.