Consejo Europeo llega a acuerdo sobre el Pilar 2 de la OCDE
Con fecha 12 de diciembre, los estados miembros de la Unión Europea (UE) han llegado a un acuerdo para aplicar, dentro de la Unión, el componente de impuesto mínimo, conocido como Pilar 2, de la reforma tributaria internacional de la OCDE. Los embajadores de los Estados miembros de la UE han decidido aconsejar al Consejo que adopte la Directiva del Pilar 2, y se iniciará un procedimiento escrito para la adopción formal. El Comité de Representantes Permanentes ha alcanzado el apoyo unánime necesario.
La aplicación efectiva de la Directiva limitará la “competencia hacia el fondo” de los tipos del impuesto de sociedades. Los beneficios de los grandes grupos o empresas multinacionales y nacionales con un volumen de negocios anual combinado de al menos 750 millones de euros tributarán a un tipo mínimo del 15%. Las nuevas normas buscan reducir el riesgo de erosión de la base imponible y desplazamiento de beneficios y garantizarán que los mayores grupos multinacionales paguen el tipo mínimo global acordado del impuesto de sociedades.
La Directiva debe transponerse a la legislación nacional de los Estados miembros antes de finales de 2023. De este modo, la UE seguirá siendo pionera en la aplicación del acuerdo mundial del G20 y la OCDE sobre el segundo pilar.
Como antecedente, el 8 de octubre de 2021, casi 140 países del Marco Inclusivo sobre la Erosión de la Base y el Traslado de Utilidades (BEPS) de la OCDE y el G20 alcanzaron un acuerdo histórico sobre la reforma fiscal internacional, así como sobre un plan de aplicación detallado.
La reforma de las normas internacionales del impuesto de sociedades consta de dos pilares:
- El Pilar 1 abarca el nuevo sistema de asignación de derechos fiscales sobre las mayores multinacionales a las jurisdicciones donde se obtienen los beneficios. El elemento clave de este pilar será un convenio multilateral. En el Marco Inclusivo se está trabajando técnicamente en los detalles del mismo.
- El pilar 2 contiene normas destinadas a reducir las oportunidades de erosión de la base imponible y desplazamiento de beneficios, para garantizar que los mayores grupos multinacionales de empresas paguen un tipo mínimo del impuesto de sociedades. Este pilar está ahora consagrado legislativamente en una directiva de la UE que fue adoptada por unanimidad con el voto a favor de todos los Estados miembros.
Así pues, el 22 de diciembre de 2021, la Comisión presentó una propuesta de directiva destinada a aplicar el segundo pilar de forma coherente y compatible con la legislación de la UE.